El pasado 30 de agosto la Revista Semana publicó, en la sección Semana Noticias de su canal digital, publicaron parte del expediente de Álvaro Uribe, incluyendo las interceptaciones legales de algunos miembros de la familia del testigo Juan Guillermo Monsalve.
Fue Marta Elena Monsalve, hermana del testigo, quien interpuso una acción de tutela en contra de la Revista Semana y los periodistas Vicky Dávila y Jairo Fidel Lozano por publicar esas grabaciones.
El juez del circuito de Bogotá, Carlos Carreño, falló en contra del medio de comunicación y ordenó despublicar y eliminar de todas sus plataformas el programa “¡Exclusivo! Las conversaciones del testigo Monsalve con su familia”.
En el mismo fallo el juez solicita a la Fiscalía General de la Nación que investigue a los periodistas por una presunta violación de la reserva sumarial.
Vicky Dávila dijo en sus redes sociales que esa decisión correspondía a una censura y así mismo la calificaron la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), la Asociación Colombiana de Medios de Información (AMI) y la Asociación Nacional de Medios de Comunicación (Asomedios).
En un comunicado, la Flip recalcó que lo publicado por Semana, se trata de información sobre un proceso de alto interés público y trascendencia nacional y esto es preponderante partiendo del deber de ponderación entre la investigación de delitos y la garantía de la libertad de prensa. Las grabaciones contienen información sobre uno de los testigos contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez y quien aparece en el proceso contra el exmandatario por presunto soborno de testigos y fraude procesal.
Así mismo, la Flip dijo que, si bien el juez argumentó que los periodistas tienen derecho a informar, pero no a usar pruebas que tienen el carácter de reservado, ya que “no está permitida su utilización, menos su divulgación en asuntos diversos de la actuación penal”, considera que la información que reposa en las investigaciones y procesos judiciales no tiene un uso exclusivo dentro del proceso, pues también es un elemento de juicio de la sociedad y la prensa que se puede debatir dentro de la esfera pública.
“Es a partir de esta información que se genera un debate público sano para la democracia”, insistió la Flip, y agregó: “respaldamos lo señalado por la defensa de la Revista Semana que advirtió que equiparar la divulgación de información reservada por parte de un servidor del Estado con la publicación de una información de interés general por parte de un medio es un precedente peligroso para la libertad de prensa”.
En el fallo, el juez argumentó que los periodistas manifestaron su opinión sobre lo que escuchaban “supliendo la labor judicial asignada únicamente a los jueces, incluso generando a priori juicios de valor sobre las conversaciones escuchadas”.
Las organizaciones, que defienden la libertad de prensa, rechazan “la censura por parte del juez quien restringe el ejercicio periodístico al reprochar a los comunicadores expresar sus opiniones frente a las pruebas del proceso. La actividad judicial en cabeza de los jueces no excluye el debate público que se pueda generar con respecto del proceso judicial e inclusive sobre la actividad judicial”.
Para la Flip la decisión de eliminar el contenido es desproporcionada y desconoce el núcleo fundamental de la libertad de expresión.
Revista Semana anunció que acata, pero no comparte la sentencia del juez. En un comunicado publicado en su edición nocturna, señaló que “acudirá a todos los recursos legales para evitar que a través de decisiones judiciales se le impongan restricciones al ejercicio de la libertad de prensa”.
Por su parte la Flip decidió acompañar la decisión del medio de comunicación y anunció que harán un seguimiento al desarrollo de este proceso, por considerar que la decisión adoptada pone en peligro a la libertad de prensa.