El pasado mes de agosto, el Gobierno nacional expidió el decreto 1174, el cual permite que los trabajadores que ganen menos de un salario mínimo coticen su pensión con base a lo laborado, mientras que el Gobierno entrega una ayuda para dichos fines. Este decreto causó conmoción en redes sociales donde algunos aseguraron que la normativa precariza las condiciones laborales del país. Por el contrario, el Ministerio del Trabajo dice que la norma ayuda a la población vulnerable.
Según el Gobierno, el decreto 1174 reglamenta el piso de protección social (PPS), incluido en el Plan Nacional de Desarrollo. Sin embargo, los gremios de trabajadores han expresado su inconformismo debido a que, según ellos, este proyecto de ley es la materialización de otros intentos para flexibilizar el sistema de seguridad social e implica retrocesos en los derechos laborales.
El piso de protección está integrado por el servicio social complementario de beneficios económicos periódicos (Beps), como mecanismo de protección para la vejez; el régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud y el seguro inclusivo, para riesgos derivados de la actividad laboral y de las enfermedades cubiertas por los Beps.
“Esta nueva reglamentación es totalmente irresponsable y lesiva, ya que precariza aún más el deteriorado mercado laboral del país y beneficia a los empleadores hasta en un 35% del costo por empleado, principalmente, a quienes contratan mano de obra no calificada”, dijo a Dinero, Andrés Felipe Izquierdo Aguiar, gerente general de la firma especializada en pensiones y seguridad social Integral Soluciones Pensionales.
¿Qué alegan los trabajadores?
El decreto busca que los trabajadores y contratistas (incluidos productores del sector agropecuario) que reciben ingresos inferiores a un salario mínimo, tengan este ahorro como método preventivo para la vejez. Consistiría en que el empleador aporte un 15 % sobre el ingreso mensual del beneficiario, y de este, un 1 % se destinará al pago de la prima del seguro inclusivo
La principal preocupación de las organizaciones sindicales es que, con el decreto, los empleadores podrán cambiar contratos laborales de tiempo completo a tiempo parcial o por horas, para tener que pagar solamente ese 15 %, en lugar de pagar un 12 % para pensiones, el 8,5 % para salud, el 0,5 % para riesgos laborales y el 4 % para caja de compensación.
“En el caso de accidentes de trabajo, con el seguro inclusivo ya no habrá una cobertura integral con rehabilitación, recuperación y pago de incapacidades, o, llegado el caso, del derecho a pensión por invalidez de origen laboral. Por el contrario, quienes sufran un accidente o enfermedad laboral recibirán solo un monto único”, explica Alejandra Trujillo, abogada y coordinadora de proyectos en Fescol a el diario El Espectador.
El tema de la salud es otro de los puntos de quiebre que los trabajadores encuentran en eal decreto, principalmente la transición a la salud subsidiada. El decreto no permitiría el pago de licencias de maternidad, paternidad o cualquier tipo de incapacidad.
“-El decreto- supone una flexibilización laboral en cuanto a los horarios de trabajo y un régimen de seguridad social distinto al contemplado en la Constitución (pues es un derecho fundamental) y al que está consagrado en la Ley 100 del año 1993. El sistema pensional no se hará en los fondos privados o en Colpensiones, sino en los Beps, que realmente no garantizan el derecho a la pensión”, denuncia Fabio Arias, fiscal de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), quien añade que este proyecto es “una reforma laboral y pensional regresiva”.
El pago de prestaciones sociales, como cesantías, primas y vacaciones, no está claro, porque no se especifica “quién va a pagar cesantías, vacaciones, primas, recargos nocturnos, dominicales y festivos, ni cómo se van a liquidar. Tampoco sabemos qué va a pasar con los derechos colectivos, pues, tal como está concebido el decreto, los derechos de asociación, negociación y huelga prácticamente quedan desconocidos”, denuncia Arias.
Pese a que el gobierno dice que la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (Ugpp) propenderá para que las condiciones laborales no se precaricen, los expertos cuestionan la eficiencia de estas medidas. “Por poner un ejemplo, en Colombia la Ley 50 creó los contratos temporales con una serie de restricciones, pero hoy en día, hay personas que tienen contratos por agencias temporales durante 20 o 30 años;, la inspección y vigilancia nunca ha funcionado”, reitera Alejandra Trujillo, abogada y coordinadora de proyectos en Fescol a El Espectador.
La Confederación de Trabajadores de Colombia, la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia y la Confederación General del Trabajo, las tres centrales obreras del país, en alianza con otras entidades emprendieron acciones legales contra dicho decreto.