Una consulta jurídica al procurador general del Estado, Juan Larrea, forma parte de las acciones implementadas por el Ejecutivo para evitar que la vicepresidenta Verónica Abad, con quien el presidente Daniel Noboa mantiene una abierta pugna política, asuma temporalmente la presidencia. Esta consulta se enmarca en un contexto de crecientes tensiones entre el mandatario y su vicepresidenta, con el foco en la posible sucesión presidencial mientras Noboa se prepara para su campaña en 2025.
La relación política entre Noboa y Abad se rompió antes de que asumieran sus cargos en noviembre de 2023. Desde entonces, ambos han protagonizado un intercambio de disposiciones y acciones legales, como la designación de Abad como embajadora en Israel por parte del presidente y las denuncias por violencia política y vulneración de derechos que la vicepresidenta ha presentado en contra de Noboa y otros miembros de su gabinete.
El 11 de septiembre de 2024, la Presidencia de la República, a través de la Secretaría General de Integridad Pública, presentó una consulta a la Procuraduría General del Estado para aclarar si un servidor público, destituido por la causal de abandono injustificado del trabajo, estaría inhabilitado para continuar en otro cargo público. La Procuraduría respondió, basándose en los artículos de la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), indicando que un servidor destituido quedaría inhabilitado por un período de dos años para ejercer cualquier otro cargo público, incluso si ese cargo es distinto al que ocupaba en el momento de la destitución.
Esta consulta coincide con una reforma reciente, establecida mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-175, que regula el procedimiento para la ejecución de sumarios administrativos. Este acuerdo fue expedido por el Ministerio del Trabajo, el 11 de septiembre –el mismo día en que la Presidencia consultó a la Procuraduría. Pocos días después, el 16 de septiembre, se inició un sumario administrativo en contra de Abad por presunto abandono de funciones en su rol de embajadora del Ecuador ante el Estado de Israel.
El sumario administrativo contra Abad se centra en su retraso al trasladarse a Turquía, donde debía desempeñar funciones temporales como embajadora, tras una disposición del presidente Noboa en consideración a la escalada del conflicto bélico en medio oriente. Aunque Abad llegó a Ankara el 9 de septiembre de 2024, no lo hizo en la fecha establecida por la Cancillería, que era antes del 1 de septiembre, lo que motivó el inicio del proceso administrativo en su contra, según se lee en el sumario.
En la opinión pública ecuatoriana se ha debatido sobre el uso del sumario administrativo como una posible estrategia del Ejecutivo para evitar que Abad asuma la Presidencia temporalmente mientras Noboa se concentra en su campaña para elegirse por cuatro años. Noboa actualmente completa el periodo inconcluso del ex presidente Guillermo Lasso. De acuerdo con la Constitución de Ecuador, el Vicepresidente tiene la facultad de reemplazar al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva. Si Noboa decidiera tomar licencia para su campaña, Abad asumiría el cargo interino, una posibilidad que no le agrada al Ejecutivo.
La intención de impedir que Abad reemplace a Noboa ha sido expresada públicamente no solo por el presidente, sino también por sus voceros. En julio de este año, durante una entrevista radial, Noboa afirmó que Abad “saldrá sola” del cargo y que “solita va a caer”. A inicios de septiembre, la asesora presidencial Diana Jácome declaró que las autoridades gubernamentales “pretendemos la destitución de la vicepresidenta Verónica Abad”. Previamente, el ex viceministro de Gobierno y ahora precandidato a legislador por el partido de Noboa, Esteban Torres, afirmó que sería “nefasto” que Abad asumiera la Presidencia. El 23 de septiembre, al ser consultado sobre el sumario administrativo interpuesto contra la vicepresidenta, Torres señaló: “Lógicamente, según el derecho no se puede” destituir a Abad a través de ese sumario.
Incluso desde el Ejecutivo, previamente, se consultó a la Procuraduría si Noboa estaba obligado a pedir licencia para la campaña y, por ende, encargar la Presidencia. Entonces, el procurador dijo no poder pronunciarse. La mañana de este 3 de octubre, la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Diana Atamaint, reiteró en una entrevista con Teleamazonas, que cualquier funcionario que postule para las elecciones del 2025 debe pedir licencia sin sueldo.
La consulta a la Procuraduría y la aplicación del nuevo procedimiento administrativo mediante el Acuerdo Ministerial sugieren, para algunos analistas y abogados constitucionalistas, una acción coordinada para encontrar una vía que impida a Abad ejercer la sucesión presidencial. Esto se debe a que, si el sumario administrativo concluye con la destitución de Abad como embajadora, la sanción implicaría que no podría ocupar ningún otro cargo público por dos años, según las disposiciones de la LOSEP y la interpretación de la Procuraduría.
Sin embargo, el cargo de Vicepresidenta de la República es un puesto de elección popular, lo que significa que no está sujeto a las mismas reglas que un servidor público regular. La Constitución ecuatoriana estipula que los funcionarios electos, como el Presidente y el Vicepresidente, solo pueden ser removidos de sus cargos a través de un proceso político en la Asamblea Nacional, previo dictamen de la Corte Constitucional. Esto significa que, incluso si Abad es destituida como embajadora, no quedaría inhabilitada para continuar como Vicepresidenta, ya que el control administrativo que regula su función como embajadora no afecta su rol como dignataria. Si el proceso administrativo culmina en la destitución de Abad como embajadora, no podrá ocupar otro cargo público por dos años. No obstante, su rol como Vicepresidenta no puede ser afectado por este proceso administrativo, ya que la única vía para su destitución como segunda mandataria sería un juicio político en la Asamblea Nacional, según explicó a Infobae un abogado constitucionalista que prefirió no ser citado.