Una clínica deberá pagar a un paciente USD 1,5 millones, la mayor indemnización por negligencia médica en la historia de Chile

Indisa tendrá que compensar a una mujer que estuvo 32 horas en trabajo de parto y cuyo hijo nació con daño neurológico

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La jueza desestimó los argumentos de la clínica quienes insistieron en que no existía una relación laboral estable entre los facultativos y el centro hospitalario.
La jueza desestimó los argumentos de la clínica quienes insistieron en que no existía una relación laboral estable entre los facultativos y el centro hospitalario.

La jornada de este jueves, el 17° Juzgado Civil de Santiago condenó a la clínica privada Indisa a pagar a una joven madre la suma de $1.448.579.677 - poco más de USD 1,5 millones, la mayor indemnización por negligencia médica en el país -, a fin de resarcir el daño causado por un mala praxis en el parto de su hijo, quien nació con un daño neurológico de por vida.

Los hechos se desarrollaron el 3 de marzo de 2016, cuando Gloria M. llegó, tras romper aguas, al centro médico para comenzar las labores de parto. Sin embargo, médico y matrona recomendaron esperar, puesto que aún no habían contracciones. Según consigna una nota de La Tercera, le aseguraron que la cosa iría “lento” y que “debía esperar”, pero que todo iba de lo más bien. Y a pesar de que Gloria comenzó a perder mucho líquido amniótico, la matrona aseguró que “no implicaba mayor problema”.

32 horas después de haber ingresado a la clínica, y ante los dolores de la madre y la insistencia de su pareja, le hicieron cesárea, pero Davor - hoy de ocho años -, nació “sin esfuerzos respiratorios”, por lo que debió ser reanimado y entubado.

Días después el niño sería diagnosticado con “síndrome de dificultad respiratoria, taquipnea transitoria, depresión neonatal, encefalopatía hipóxico isquémica grado III, síndrome convulsivo, síndrome hipotónico y trastorno de succión-deglución”, problemas que se debieron a la mala práctica de los facultativos.

Davor quedó con un 90% de discapacidad y el Tribunal estableció que requerirá “cuidados especiales, rehabilitaciones y terapias de por vida”, producto del retardo injustificado de una cesárea que terminó con el lactante asfixiado.

El fallo afirma que los profesionales - el médico Alejandro Rubio y la matrona Ruth Ochoa -, no cumplieron los protocolos del Ministerio de Salud, “posponiendo injustificadamente la cesárea a que debía ser sometida la paciente”.

Gloria y su pareja deberán cuidar de por vida a su hijo Davor, hoy de ocho años.
Gloria y su pareja deberán cuidar de por vida a su hijo Davor, hoy de ocho años.

Millonaria indemnización

Tocante a los padres, el escrito prosigue que “les ha tocado padecer todos sus calvarios, vivenciar la condición de riesgo y daño permanente del niño, y que deberán hacerse cargo de este hasta el resto de sus días. (El niño) necesitará de por vida cuidados especiales, rehabilitaciones y terapias a fin de poder sobrellevar su discapacidad, y más aun, es dable sostener que no podrá enderezar una vida independiente en su edad adulta, siendo menester proyectar el apoyo y cuidado permanente de otro ser humano”.

La magistrada Rocío del Pilar Pérez desechó los argumentos del centro hospitalario, que arguyó que no existía vinculación laboral directa de los facultativos con la clínica.

Para llegar a la suma de la indemnización, se calculó que la familia necesitará mensualmente alrededor de $2,3 millones (USD 2,400) para gastos médicos. Ese gasto se multiplicó por 30 años - en los que se estimó su expectativa de vida - a los que sumaron otros $150 millones (USD 158 mil), por las remuneraciones que Davor no podrá recibir producto de su discapacidad. El tribunal también fijó una indemnización por daño moral de $200 millones (USD 210 mil).

Héctor Musso, abogado de la familia, señaló a La Tercera que “esta es la suma más alta que se haya dictado en causas por negligencias médicas por daños causados durante el parto, y sin duda establece una nueva mirada de los jueces para casos en que el recién nacido queda con graves secuelas neurológicas”.

Según el letrado, este fallo “obligará a la industria de la salud y de los seguros médicos a ser más cautos al momento de atender un parto, a hacerlo con más amor hacia la paciente y al recién nacido, así como también con más apego a la profesión médica”, remató.

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