El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, dispuso a las Fuerzas Armadas realizar el control permanente de armas, municiones, explosivos y accesorios en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los reclusorios del país. El Ministerio de Defensa será la entidad rectora para estas operaciones que deberán coordinarse con el servicio de cárceles (Snai) y la Policía Nacional.
En los considerandos del decreto 278, firmado el 23 de mayo, se señala que “el pueblo soberano, se pronunció por la opción “Sí” en la pregunta 1 de la Consulta Popular 2024, que indicó: ‘¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?’”. El pasado 21 de abril, Noboa obtuvo apoyo en nueve de las 11 preguntas que planteó en su consulta popular y referéndum.
La orden ejecutiva sucedió un día después de que el presidente Daniel Noboa decretara el estado de excepción por la causal de conflicto armado interno, por un plazo de 60 días, en las provincias de Guayas, El Oro, Santa Elena, Manabí, Sucumbios, Orellana, Los Ríos; y en el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia del Azuay.
Según se indicó en el decreto 275, en esas zonas se registraron 1.920 muertes violentas este año, lo que representa cerca del 87% del total nacional. Los homicidios contra niños, niñas y adolescentes en estas provincias representan el 82% de la totalidad nacional, es decir 147 víctimas. Además, las muertes violentas incluyen desmembramientos, mutilaciones y masacres. En el 97% de los casos son asesinatos y en el 94% predomina la violencia criminal.
Bajo lo dispuesto en el decreto, en esas jurisdicciones se suspenderá la inviolabilidad del domicilio y de correspondencia.
Un informe de las Fuerzas Armadas, citado en el decreto, explicó que “la forma de operar de los grupos armados organizados, con varios círculos de seguridad y con el uso de tecnología de punta como medio de comando y control de sus actos ilícitos, sumado a la información que les proporcionan el personal de las entidades públicas que han sido cooptados, reduce el accionar militar y policial”.
Cuestionamientos al conflicto armado interno
A través de una carta dirigida al presidente de Ecuador, Daniel Noboa, la organización Human Rights Watch (HRW) se refirió a los abusos y a las “serias violaciones de los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad” cometidos en el país tras la declaratoria de conflicto armado interno, decretada por Noboa el pasado 9 de enero, tras la toma violenta de un canal de televisión.
La organización cuestionó la existencia de un conflicto armado interno en el país y recordó a Noboa que la guerra interna “no depende de la declaración o determinación que haga un gobierno o su presidente, sino de un análisis objetivo de los hechos sobre la base de los criterios establecidos en el derecho internacional”. De acuerdo con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, un conflicto armado no internacional consiste en: “Violencia armada prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados o entre esos grupos”. HRW indicó que, con base en las normas internacionales, se necesitan dos elementos para una guerra interna: “Cierto nivel de organización de los grupos armados y cierto nivel de intensidad de las hostilidades”.
La carta publicada por HRW el 22 de mayo contiene conclusiones y recomendaciones, además de evidencias de violaciones de derechos humanos en Ecuador. Según señaló la ONG, desde que Noboa decretó el conflicto interno, “hemos solicitado información a entidades gubernamentales, entrevistado a víctimas y testigos de abusos, verificado fotografías y vídeos publicados on line, y revisado documentos judiciales para analizar la efectividad de sus políticas y documentar violaciones de derechos humanos”.
Las violaciones de derechos reportadas por HRW incluyen “una aparente ejecución extrajudicial, varias detenciones arbitrarias y casos de malos tratos en prisión, que en algunos casos pueden constituir tortura. Nuestras investigaciones indican que podrían haberse cometido muchas más violaciones de derechos humanos” desde la declaratoria de un conflicto armado interno. Con la ejecución extrajudicial, HRW se refiere al caso de Carlos Vega, un joven de 19 años que recibió disparos por parte de militares que aseguraron que era un terrorista, sin embargo, Vega estaba con su primo y se dirigían a vender un perro. Esta historia también fue reportada por Infobae en febrero de 2024.