Legisladores buscan reformar el Código Penal de Ecuador para revocar la sentencia por corrupción contra Rafael Correa

Las modificaciones propuestas han sido observadas como una jugada de la bancada correísta para lograr la impunidad de su líder

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El expresidente de Ecuador Rafael Correa, en una fotografía de archivo. (EFE/Isaac Esquivel)
El expresidente de Ecuador Rafael Correa, en una fotografía de archivo. (EFE/Isaac Esquivel)

A última hora el correísmo introdujo modificaciones al texto final que busca reformar el Código Integral Penal ecuatoriano. El documento, que unificó a 38 proyectos de reforma, se votará este 15 de febrero. La Fiscalía General del Estado rechazó los cambios incluidos por uno de los asambleístas de la Revolución Ciudadana porque “provocarán la impunidad en causas penales que cuentan ya con sentencias condenatorias ejecutoriadas”.

El congresista José Agualsaca, de la bancada correísta, propuso un texto alternativo para el artículo 658 del Código junto a una disposición general para su aplicación. Las modificaciones fueron aprobadas por la Comisión de Justicia del Legislativo y se votarán este jueves. Los cambios abordan bajo qué circunstancias procede el recurso de revisión de sentencias.

El texto de Agualsaca plantea dos nuevas causales para que proceda un recurso de revisión. La primera indica que esta acción sucederá cuando se compruebe que los hechos de la sentencia fueron establecidos “mediante vicios de procedimiento insubsanables o graves violaciones al debido proceso” y cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o comités de derechos humanos de las Naciones Unidas “identifiquen violaciones a los derechos humanos o errores en el debido proceso en sentencias condenatorias, estas decisiones, pronunciamientos o recomendaciones serán consideradas como fundamentos legales válidos para la revisión judicial de las sentencias en Ecuador”.

El 15 de febrero la Asamblea votará por los cambios en el Código Penal. (EFE/José Jácome)
El 15 de febrero la Asamblea votará por los cambios en el Código Penal. (EFE/José Jácome)

Mientras las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya son vinculantes para Ecuador, agregar al Comité de Derechos Humanos de la ONU a los cambios propuestos podría no ser tan efectivo o significativo en términos legales, puesto que dicho comité no es un tribunal internacional. Según la información oficial de las Naciones Unidas, el Comité de Derechos Humanos es “un órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados Partes”.

El congresista correísta además agregó en la propuesta una disposición general que indica que la Corte Nacional de Justicia deberá revisar “de oficio y sin demora” las sentencias que tengan “decisiones, observaciones o recomendaciones internacionales”. Los funcionarios judiciales tendrán que revisar dichas condenas en un plazo máximo de 45 días desde la notificación, con una extensión de 30 días en casos “excepcionalmente complejos o circunstancias extraordinarias”.

La disposición, según han indicado abogados penalistas y líderes de opinión, revela el interés de lograr la impunidad para Rafael Correa, sentenciado por delitos en contra de la administración pública, prófugo de la justicia ecuatoriana y refugiado en Bélgica. Esto porque en uno de los incisos del texto se dispone que: “En situaciones donde un dictamen internacional resuelva sobre violaciones al debido proceso, en especial en casos que afecten la libertad individual o los derechos políticos y de participación, se priorizará la restitución inmediata de los derechos vulnerados”. La sentencia impuesta a Correa incluye el despojo de sus derechos políticos, por lo que no puede participar en elecciones. Sin embargo, de aprobarse las modificaciones planteadas por su legislador, de revisarse su condena y revocar la sentencia, el ex presidente podría ser candidato otra vez.

Rafael Correa fue sentenciado en 2020 a ocho años de prisión. (Europa Press/Contacto/Ivan Stephens)
Rafael Correa fue sentenciado en 2020 a ocho años de prisión. (Europa Press/Contacto/Ivan Stephens)

Desde el fallo que condenó a Correa en el 2020, los políticos afines al expresidente han buscado la manera de anular su sentencia y permitir que este regrese al país con propósitos electorales. En diciembre de 2022, cuando el gobierno argentino concedió un asilo a favor de la ex ministra María de los Ángeles Duarte, que posteriormente se fugó de la sede diplomática argentina en Quito; la prefecta de Pichincha, Paola Pabón, uno de los cuadros del correísmo, dijo que el partido presentaría la sentencia del caso Sobornos por el que se condenó a Correa ante la ONU. Ya se ha advertido que el correísmo intenta que se revoquen dicha sentencia y simular la historia del presidente de Brasil, Lula da Silva, pero en Ecuador.

En referencia a las modificaciones planteadas, la Fiscalía indicó que “dicha reforma no es la única que generará lagunas de impunidad”. Otro de los textos que preocupan a la entidad es aquel que modifica la reserva de las investigaciones.

La reforma al artículo 584 del Código Penal propone que cuando “los organismos de control político, jurídico o administrativo, como el Consejo de la Judicatura, Contraloría General del Estado, Defensoría del Pueblo, Asamblea Nacional, soliciten información de casos o hechos que se encuentran en investigación previa, circunstancia en la cual la Fiscalia General del Estado, sin la excusa de reserva, remitirá toda la información requerida, sin perjuicio de que la autoridad solicitante sea sancionada conforme al siguiente párrafo, en caso de que se divulgue la información proporcionada por dicha entidad, que ponga en peligro la investigación”. Es decir que los actores políticos de estas entidades podrían acceder a información confidencial de los casos sin preocuparse de ser sancionados si se filtran los datos. Dichas filtraciones podrían anular evidencias claves en las investigaciones que ejecute la Fiscalía.

Ante esta reforma, la Fiscalía aseveró: “Queda claro que las propuestas deben cumplir con los principios de la política criminal y no responder a intereses políticos. Por lo tanto, se debería legislar de conformidad con la doctrina internacional y en virtud del desarrollo progresivo de los derechos reconocidos en la Constitución y el Sistema Acusatorio Penal vigentes en el Ecuador: una propuesta irracional crea escenarios de litigio sin fundamento e instancias que pueden dar lugar a escenarios de impunidad”.

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