Aunque la Asamblea Nacional del Ecuador haya asegurado que no resolvió “nada respecto a este tema”, lo cierto es que en el pleno del Legislativo los votos no alcanzaron para autorizar el enjuiciamiento penal de Jorge Glas, ex vicepresidente de Ecuador, quien ya cumple dos condenas por corrupción y que ahora es investigado por el delito de peculado en la reconstrucción de Manabí, la provincia más afectada por el terremoto de 2016.
La moción presentada por la legisladora correísta Esther Cuesta se fundamentó en el artículo 120, numeral 10 de la Constitución, que indica que la Asamblea Nacional deberá aprobar el enjuiciamiento penal del Presidente o Vicepresidente “cuando la autoridad competente lo solicite fundadamente”. No obstante, los cuestionamientos a lo tratado en la Legislatura se refieren a que el mencionado artículo aplica para los dignatarios en funciones, mientras que Glas dejó de ser vicepresidente en 2017.
El juez Luis Rivera, de la Corte Nacional de Justicia, fue quien pidió el pronunciamiento de la Asamblea Nacional, algo que ha sido cuestionado por abogados expertos por improcedente. La semana pasada, el despacho de Rivera fue allanado como parte de las diligencias judiciales del caso Metástasis, que investiga una red de corrupción en la justicia ecuatoriana que favorecía a criminales a través de jueces, funcionarios y ex funcionarios, policías y otros actores.
Para autorizar el enjuiciamiento penal de Glas, se necesitaban 92 de 137 votos. Sin embargo, solo hubo 44 a favor de que continúe el proceso. La Asamblea Nacional ha explicado que: “La moción de autorización de enjuiciamiento penal a Jorge Glas no obtuvo los votos necesarios para ser aprobada. No existió ninguna otra moción. Por lo tanto, el Pleno de la Asamblea Nacional no resolvió nada respecto a este tema”.
Por tanto, señaló el congreso en un comunicado, “el estatus legal del proceso en mención se mantiene igual” y será “la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, la que deberá actuar conforme a la ley”.
Los coidearios políticos de Glas y el pedido del juez Rivera argumentan que la Asamblea debía autorizar el enjuiciamiento porque a Glas se lo investiga por algo que sucedió en el 2016, cuando él estaba en funciones. La Fiscalía ha explicado que la referencia constitucional que han utilizado para mocionar la autorización del proceso en la Asamblea “implica únicamente una “inmunidad de forma”, pues se aplica cuando estas autoridades ejercen funciones; por lo que, si los hechos que se le imputan fueron cometidos durante el ejercicio del cargo, pero el proceso se inicia después -como en el presente caso- no es necesaria la autorización del organismo Legislativo”.
Para la entidad, liderada por Diana Salazar, que los legisladores no hayan votado a favor del enjuiciamiento crea un “terrible precedente de impunidad” y provoca que “el pueblo de Manabí queda en indefensión y, con ello, todos los ecuatorianos que con sus impuestos aportaron para la reconstrucción de esta provincia, después del terremoto”.
La Fiscalía continuará con las diligencias para que se coordine una fecha y hora para que se celebre la audiencia de formulación de cargos.
Jorge Glas, por su parte, desde el pasado 17 de diciembre, está alojado en calidad de huésped en la Embajada de México en Quito. Su abogado, Eduardo Franco Loor, ha indicado que el exvicepresidente solicitará el asilo al gobierno mexicano pues se trata de un perseguido político cuya integridad está en riesgo.
El pasado domingo, ante la posibilidad de que Glas solicitara asilo, la Cancillería ecuatoriana recordó al gobierno de México que: “El Ecuador se encuentra expectante de la cooperación que para tal efecto reciba por parte del Ilustrado Gobierno mexicano, ya que para el Gobierno Nacional resulta jurídicamente evidente que no sería lícita la concesión de asilo diplomático, en virtud del Artículo III de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954″.