
El preso político cubano Luis Barrios Díaz, de 36 años, murió por una afección respiratoria que desarrolló en prisión. Había sido condenado a nueve años de cárcel por participar en las masivas protestas del 11 de julio de 2021 contra la dictadura de Miguel Díaz-Canel.
“Luis era un simple manifestante del 11J que fue detenido por esta causa y se le enfrentaron miembros del Gobierno para ‘neutralizar la aglomeración’ por ‘disciplina social’, según la propia sentencia. ¿Y qué hacían para tener que ‘neutralizar’ y volver al cauce de la ‘disciplina’ social?”, se preguntó Javier Larrondo, presidente de la ONG Prisoners Defenders, en diálogo con Infobae.
El activista citó parte de la sentencia para mostrar que Barrios Díaz no había hecho nada que merezca la pena que recibió. “Probado que los acusados (…) aproximadamente a las 3:30 horas de la tarde del 11 de julio de 2021, con el propósito de perturbar la tranquilidad ciudadana y el orden social; se sumaron a una concentración de aproximadamente 60 personas (…) la manifestación que se hacía visible e interrumpía el descanso de los convivientes de esa localidad, los acusados (…) incitaban a la población a su incorporación y (…) gritaban frases a viva voz, con protagonismo, haciendo gestos con sus manos... esto se acabó... (sic)”, reza el escrito judicial.
Larrondo manifestó que, después de que los funcionarios enfrentaran la manifestación para “neutralizar la aglomeración por disciplina social”, según la propia sentencia, dijeron tener lesiones. “Sin embargo, no presentaron en la causa ni parte médico ni parte ambulatorio debido a que no requirieron asistencia médica alguna, como reconoce la propia sentencia. Todos los testigos fueron oficiales y miembros del PCC (Partido Comunista Cubano) y del Gobierno”, detalló.

Luego denunció que el Tribunal “dejó sin crédito todos los testimonios de la defensa sin argumentarlo de modo alguno. Todos los peritos fueron del Ministerio de Interior, así que de la lectura de la sentencia se deduce que era una manifestación pacífica que no necesitaba ‘neutralizarse’, y se deduce sólo un delito: el empleo de la fuerza por parte de las autoridades para ‘neutralizar la aglomeración’”.
Y siguió: “Nada de lo narrado previamente sobre la manifestación sonaba o fue descrito en ningún aspecto delictivo. Es más, ni siquiera se atreve a decir que los manifestantes no llevaban el correspondiente nasobuco (la mascarilla por la propagación del COVID-19). Pues bien, a los manifestantes, que sólo recibieron golpes, se los acusó de atentado a la autoridad y desórdenes públicos”.
“El caso es claramente una farsa en contra de estos manifestantes. Luis fue condenado en primera instancia a nueve años de privación de libertad por desórdenes públicos y atentado”, concluyó Larrondo.
Por su parte, el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) detalló que Barrios Díaz presentaba problemas respiratorios desde agosto pasado, motivo por el cual había sido ingresado en la enfermería de la prisión 1580 de San Miguel del Padrón y después trasladado a un hospital de La Habana para recibir atención especializada.
“Los médicos del hospital de la Covadonga informaron a las autoridades del penal de que era indispensable el ingreso hospitalario debido al mal estado de salud del reo pero estas decidieron devolverlo a la prisión, alegando que no tenían combustible para garantizar una vigilancia permanente al prisionero político, decisión que provocó el empeoramiento de su estado de salud y posterior fallecimiento”, denunció el OCDH en un comunicado remitido a este medio.

Endris Arias Meralla, compañero de la causa 184/2021 y amigo del fallecido, informó al observatorio más detalles del caso.
“A raíz de este agravamiento anunciado por los médicos, Luis Barrios fue intervenido quirúrgicamente con urgencia el sábado y luego de la intervención, ya en terapia intensiva, falleció, producto de complicaciones respiratorias”, señaló; al tiempo que agregó: “Las autoridades, en un intento de librarse de su responsabilidad producto de su negligencia, tramitaron con celeridad inaudita una licencia extrapenal para el prisionero político”.
Luis Barrios Díaz era vecino de Pasaje Raúl número 38, entre Hatuey y Lindero, reparto Párraga, Arroyo Naranjo, La Habana. En enero de 2022 había sido condenado por el Tribunal Municipal de dicho municipio a nueve años de prisión por su participación en las manifestaciones del 11J, acusado de supuestos delitos de desorden público y atentado.
“El OCDH reitera su exigencia de liberación inmediata de todos los presos por motivos políticos y de conciencia, y recuerda que aunque es un asunto de voluntad política, el régimen cuenta con al menos ocho vías jurídicas para excarcelar o liberar de manera inmediata a todos. Recuerda, incluso, que varios presos políticos tienen su estado de salud deteriorado, como son los casos de Félix Navarro y José Daniel Ferrer. Y que, según las Reglas Mandela de la ONU, la prestación de servicios médicos adecuados a los reclusos es una responsabilidad del Estado. Insistimos en pedir un pronunciamiento de los gobiernos democráticos y de la Unión Europea al respecto”, concluyó.
La sentencia
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