Denuncian graves irregularidades en el proceso penal contra la académica cubana Alina López Hernández

La profesora, quien enfrentará el próximo 16 de noviembre un juicio por “desobediencia”, fue detenida junto a otros cuatro intelectuales en junio pasado. El análisis de un destacado jurista de la isla

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Alina López Hernández (Facebook)
Alina López Hernández (Facebook)

El abogado José Ángel García Veloso, jurista de larga experiencia residente en la ciudad cubana de Ciego de Ávila, realizó un análisis del proceso penal que la dictadura cubana le está llevando adelante a la destacada académica Alina Bárbara López Hernández.

La profesora y activista, quien enfrentará el próximo 16 de noviembre un juicio por “desobediencia” tras negarse a asistir a una citación de la Policía, fue detenida junto a otros cuatro intelectuales en junio pasado, cuando se cumplían dos años del 11J, las masivas protestas contra el régimen de Miguel Díaz-Canel.

“La Doctora en Ciencias Filosóficas Alina Bárbara López Hernández va a ser juzgada el día 16 de noviembre de 2023, en juicio oral y público -vamos a ver cuán público podrá ser- en el Tribunal Municipal Popular de Matanzas, por la presunta comisión de un delito de desobediencia del artículo 189.1 del Código Penal”, comenzó García Veloso su posteo en la red social Facebook.

Y siguió: “Según mi opinión particular, los hechos que se le imputan a la doctora Alina Bárbara no son constitutivos de delito y no debieran haber llegado a juicio oral, pero, evidentemente, la naturaleza de la decisión adoptada no es jurídica, es política; y si desde el punto de vista jurídico es un error. Desde el punto de vista político es, como mínimo, una torpeza infame, pero sobre esto no daré argumentos porque tanto la injusticia, como la torpeza política, afectan más a quien la comete que a quien la sufre, aunque aparentemente sea lo contrario”.

El reconocido abogado cubano sostuvo que su objetivo era dar una explicación técnica de la injusticia que atraviesa la destacada académica de la isla. “Fue citada el día 13 de junio del corriente para comparecer a una unidad policial para una entrevista, en la misma fecha (aunque en la citación no se expresa fecha), recibiendo las personas que acudieron a su domicilio para realizar la diligencia (la jefe de sector y otra oficial) una explicación y la rotunda negativa a recibir la citación y a comparecer, invocando su libertad individual y el incumplimiento de las formalidades en la diligencia. En ese momento y con posterioridad, cuestionó también las facultades de la autoridad para citar a un ciudadano, con el objetivo de entrevistarlo, fuera del marco de un proceso penal, sobre todo cuando sabe que será sometido a cuestionamientos y presiones relacionadas con su comportamiento ciudadano. A esto se suma la experiencia de una situación análoga cuando meses antes, una citación de las mismas características, fue anulada por la Fiscalía a solicitud suya”, manifestó.

La cédula de citación de Alina Bárbara López Hernández (Facebook)
La cédula de citación de Alina Bárbara López Hernández (Facebook)

Luego, señaló: “No encuentro en el derecho vigente ninguna norma que habilite a los oficiales de la Seguridad del Estado o a otra autoridad policial para entrevistar a una persona en contra de su voluntad, fuera de los marcos de un proceso penal o de la comisión de una infracción administrativa”.

“Lo primero que habría que preguntarse para este análisis es la naturaleza jurídica de estos órganos. Mi criterio es que son órganos de policía y de investigación, por lo tanto, solo pueden afectar la libertad de los ciudadanos, en el caso de incumplimiento de normas jurídicas penales, en el ejercicio de las facultades que establecen las leyes procesales y en aquellas administrativas sancionadoras para cuya corrección esté habilitada la policía”, detalló.

Y concluyó: “Mantengo entonces que para entrevistarlo, para conversar con uno, ningún policía puede llamarlo porque hacerlo vulnera el ámbito de libertad individual reconocido constitucionalmente. Mejor dicho, sí puede llamarlo, lo que no puede es obligarlo a aceptar esa conversación porque es un grave atentado contra la libertad del individuo. Entonces, queda planteado que si obligarlo a ir y a hacer lo que usted no quiere es una infracción de la libertad individual con respuesta penal (ver delito de coacción, artículo 379 del Código Penal) usted, obviamente, puede responder negativamente al llamado”.

Por su parte, Alina Bárbara López Hernández le agradeció al jurista su análisis. “Gracias querido amigo por su civismo, ética y profesionalismo. Es un gran ejemplo para otros juristas, que bajo presiones y temores perdieron todo eso”, manifestó también en Facebook.

“Actitudes como la suya me convencen de las reservas morales que tenemos para una transformación de la sociedad cubana. Le agradezco mucho el análisis que hace sobre este caso, que no solo me compete pues se ha convertido en un modus operandi para coartar los derechos a la libertad de expresión y la libertad académica”, completó.

El Código Penal cubano, citado por el abogado José Ángel García Veloso (Facebook)
El Código Penal cubano, citado por el abogado José Ángel García Veloso (Facebook)

El pedido a la Unión Europea

Tres ONGs cubanas exigieron a representantes de la Unión Europea (UE) que intervenga en el caso de la profesora. López Hernández fue detenida junto a otros cuatro activistas e intelectuales cubanos en junio pasado. Los arrestos tuvieron lugar en dos ciudades: La Habana y la occidental Matanzas.

El pedido a la UE fue solicitado a través de cartas firmadas por el Consejo para la Transición Democrática en Cuba, la Red Femenina de Cuba y el Partido Demócrata Cristiano. Los tres aseguran que el acoso a la activista se debe a cuestiones políticas y exigen que sus derechos sean respetados.

El documento fue enviado al representante de la UE para los Derechos Humanos, el irlandés Eamon Gilmore, con motivo de su viaje a Cuba en noviembre próximo. La visita pretende dar seguimiento a los objetivos bilaterales planteados por el jefe de la diplomacia europea, Josep Borrell, quien mantuvo un encuentro con López Hernández en mayo.

Josep Borrell, alto representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (REUTERS/Isabel Infantes/Archivo)
Josep Borrell, alto representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (REUTERS/Isabel Infantes/Archivo)

“La conversación que mantuvieron entre ellos fue franca. En ella la señora López Hernández le expuso la difícil situación que se vive en Cuba en todos los ámbitos: social, educativo, político y económico. Esta exposición hecha al señor Borrell le ha costado una acusación por un supuesto delito de ‘desobediencia’ y será juzgada (...) el día de su llegada”, dice la carta enviada a Gilmore, según el portal 14ymedio.

Alina Bárbara no acudió a la citación (de la Policía) porque la consideró ilegal e ilegítima. Fue una citación sin informarle de los motivos ni se le garantizó el derecho a la defensa. La Fiscalía Provincial de Matanzas ha ignorado sus argumentos jurídicos y ha decidido llevarla a un juicio sin fundamento y sin garantías procesales”, afirmó el Partido Demócrata Cristiano.

Por su parte, la política e historiadora cubana Dora María Téllez se pronunció sobre la situación jurídica que enfrenta López Hernández. “Pensar, expresarse, investigar, criticar lo deficiente de las políticas públicas no deberían ser delitos”, expresó en su cuenta de X (antes de Twitter).

Y agregó: “La historiadora cubana Alina Bárbara López Hernández está acusada por eso y será sometida a un juicio en indefensión. Respeto a sus derechos humanos”.

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