El futuro del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, está a días de definirse. El juicio político de censura en su contra ya está en la recta final y el mandatario podría ser destituido de su cargo.
Concluida la etapa de presentación de pruebas y de testigos, impulsada con fuerza por la oposición y defendida con firmeza por el equipo de abogados de Lasso, ahora la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional -el Parlamento- tiene 10 días para elaborar su informe final.
La oposición ecuatoriana inició esta solicitud en contra del mandatario ante las sospechas de presunto peculado -malversación de fondos- relacionado a un contrato de transporte de petróleo celebrado entre la empresa pública Flopec y la compañía Amazonas Tankers, del sector privado.
Si bien Lasso sostiene que dichos contratos fueron firmados en 2018, es decir, previo a su llegada al cargo en mayo de 2021, el fuerte impulso de la bancada opositora -integrada por muchos aliados del ex presidente Rafael Correa- lo han dejado en la incertidumbre total ante la presentación del documento final y su votación definitiva en el pleno de la Asamblea.
Sin embargo, el Presidente podría nunca tener que enfrentarse a esta instancia, prevista para mediados de mayo, y valerse de tres recursos para salvarse.
El primer escenario contempla que la oposición no logre reunir los 92 votos necesarios para lograr su destitución -lo que equivale a dos tercios de los 137 asambleístas que conforman el hemiciclo-.
La bancada opositora desestimó esta instancia ya que asegura tener los escaños suficientes para obtener la luz verde aunque, desde el Gobierno, confían en que serán ellos quienes obtengan la mayoría.
Esto último ocurrió en junio de 2022 cuando se había iniciado otra moción para destituir al Presidente por las fuertes protestas lideradas por el movimiento indígena pero sólo reunieron 80 votos a favor.
El segundo escenario contempla lo opuesto, es decir, que la votación final consiga 92 votos favorables y se dé, automáticamente, la destitución de Lasso del cargo.
En su lugar asumiría el vicepresidente, Alfredo Borrero, un hombre cercano al Presidente que, durante los dos años del mandato ya transitados, ha representado al país frente a organismos internacionales y fue uno de los actores clave en la conformación de la estrategia para hacer frente a la pandemia del coronavirus.
Borrero se pondría al frente del Palacio de Carondelet por el período restante de la gestión, cuya culminación será en 2025.
No obstante, no se trataría de una tarea fácil dado el clima desfavorable en el que Ecuador está sumido, marcado por una oposición que cobró fuerza tras conocerse los resultados de las elecciones del 5 de febrero en los que ganaron los comicios locales, al igual que triunfó la negativa a aplicar reformas a la Constitución.
Es por ello que sectores políticos prevén que se conforme un gabinete de concertación que permita transitar estos años restantes en un contexto de mayor estabilidad.
El tercer escenario es el más comentado en las últimas semanas y el más polémico a su vez. Se trata de la denominada “muerte cruzada”, una figura constitucional establecida en el artículo 148 que otorga al Presidente la facultad de disolver los poderes representativos del Estado; en este caso, el Ejecutivo y la Asamblea Nacional.
Esta acción, introducida en la reforma de 2008 convocada por Rafael Correa, puede darse por tres razones. La primera, cuando -a su juicio- la Asamblea se hubiera atribuido funciones que no le correspondieran en el marco constitucional, previo dictamen favorable de dicha Corte. La segunda, si obstruyera de forma reiterada o injustificada en la correcta ejecución del Plan Nacional de Desarrollo. La tercera, por una grave crisis política.
El decreto de disolución puede ser presentado sólo una vez y en los tres primeros años del mandato y, una vez activado, el Consejo Nacional Electoral cuenta con un lapso máximo de siete días para convocar a las elecciones anticipadas. Tanto los comicios legislativos como los presidenciales deberán celebrarse en el mismo día.
Podrán presentarse quienes cumplan con lo establecido por la Ley -es decir, siempre y cuando sea la primera vez que se aspira al cargo de manera consecutiva- y los elegidos permanecerán en funciones por el resto de los respectivos períodos.
El propio Lasso podría candidatearse en estas elecciones anticipadas ya que asumió la gobernanza por primera vez el 24 de mayo de 2021.
En tanto se elige al nuevo líder del Ejecutivo, el Presidente está habilitado a gobernar con decretos.
A pesar del fuerte rechazo que ha suscitado en la sociedad y el arco político, Lasso no ha descartado hacer uso de esta alternativa.
La oposición ha manifestado la necesidad de que la instancia de “muerte cruzada” sea previamente analizada por la Corte Constitucional ya que resulta una vía de escape muy tentadora a la mitad de un juicio político por corrupción.
De todas formas, está sería sólo una salvación política de Lasso a las acusaciones en su contra ya que, de aplicarse, muy posiblemente se desate un estallido social encabezado por el movimiento indígena que desde hace meses lleva a cabo protestas en todo el país exigiendo su salida del Palacio de Carondelet.
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