En el 2022 y con menos del 30% de aceptación popular, el gobierno del presidente Guillermo Lasso convocó a un referéndum para modificar la Constitución y posibilitar -entre otros puntos- la extradición de ecuatorianos vinculados a organizaciones de delincuencia transnacional requeridos por otros países. Según indicó el gobierno, el objetivo era luchar especialmente en contra de las mafias de narcotraficantes.
La pregunta formulaba lo siguiente: “¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 1?”. El anexo al que se refiere la pregunta reformaba la constitución de 2008 para que mantenga la prohibición de la extradición pasiva “excepto para los delitos relacionados con el crimen organizado transnacional como el tráfico de drogas, tráfico de armas trata de personas, blanqueo del producto del delito”.
El referendo se celebró el domingo 5 de febrero de 2023 y el electorado votó en contra de las 8 preguntas planteadas. En la primera de estas, referente a la extradición, con un estrecho margen de 2 puntos, la opción negativa se impuso con un 51% de los votos. Esto frenó lo que muchos consideran una histórica posibilidad del que la justicia del Ecuador pueda habilitar la extradición de delincuentes solicitados por otros países en el cometimiento de delitos transnacionales, como el narcotráfico.
Más de 200 ecuatorianos han sido requeridos por otros países, principalmente por los Estados Unidos. De estos, el 40% es buscado por crímenes de narcotráfico y lavado de activos. La mayoría, el 60%, son buscados porque han cometido abuso sexual a menores, fraude o robo con muerte.
La extradición ha sido considerada como un mecanismo jurídico que permitiría que los delincuentes relacionados con crímenes como el narcotráfico sean juzgados en países donde les sea más complicado sobornar a jueces, fiscales u otros funcionarios judiciales. A pesar de esto, algunos expertos también consideran que es un mecanismo que, en la práctica, no contribuiría con el propósito principal: combatir las redes criminales transnacionales que se han instalado en el país.
La historia de la prohibición
Ecuador ha tenido una veintena de constituciones desde que existe como estado en la vida republicana tras las guerras de independencia latinoamericana del siglo XIX. La primera, la de 1830, es la Constitución del Estado del Ecuador en la República de Colombia. Desde esta constitución hasta 1906, durante el periodo de reforma liberal que estableció la separación de la iglesia católica y el estado, en toda la docena de constituciones siguientes, no se mencionó la extradición pasiva de los ecuatorianos solicitados por otros países.
Más de veinte años después, en la constitución de 1929, un país extranjero podía solicitar la extradición de un ecuatoriano en virtud de un tratado internacional y por delitos comunes. Sin embargo, se prohibía la extradición en el caso de que el requerimiento se refiera a delitos cometidos por ecuatorianos en crímenes políticos como la rebelión, la sedición, los atentados contra la autoridad o los desórdenes públicos.
En la constitución de 1946, posterior a la de 1945, se prohibió la concesión de la extradición de ecuatorianos en todos los casos. Esta constitución reconocía como ecuatorianos a quienes hayan nacido en el territorio nacional, incluso legaciones diplomáticas, y a aquellos que hayan obtenido la carta de naturalización.
Las cartas magnas de 1967, 1979, 1998 y 2008 repiten casi el mismo texto de la prohibición. La primera dice literalmente: “No se concederá jamás”. Desde 1979, con el retorno democrático las constituciones repiten la misma expresión en materia de extradición: “En ningún caso se concederá”.
Pero esta no parece ser una característica particular del constitucionalismo ecuatoriano. La constitución colombiana de 1905 ya prohibía la extradición por delitos políticos de la misma forma que en Ecuador desde 1929. Sin embargo, en 1991 se introduce la prohibición de extradición como consecuencia de la presión de los denominados “extraditables” que amenazaron de muerte a los legisladores constituyentes colombianos que debatían en esta materia.
Pablo Escobar, el narcotraficante hispanoamericano más famoso de la historia, se entregó a la justicia colombiana el 19 de junio de 1991, dos semanas después de que se expidiera la nueva constitución colombiana que incluía esta prohibición y tras asegurarse que el gobierno de César Gaviria no ejecutaría ninguno de los requerimientos de extradición de la justicia internacional, especialmente la estadounidense. Escobar se recluyó en un penal que él mismo construyó en una de sus propiedades que parecía un hotel de lujo. Luego escapó, pero esa es otra historia.
En los países como Ecuador o Colombia, en donde las constituciones establecen esta prohibición de extradición pasiva se impide para todos los casos que un connacional pague por sus crímenes cometidos en otro país, pero, sin embargo, se posibilita que las causas judiciales sean procesadas en sus países de origen, lo que se denomina jurídicamente como extraterritorialidad del derecho.
La extraterritorialidad es la aplicación, especialmente de la ley penal, ordenada por un tribunal que tiene efectos jurídicos por fuera de los límites territoriales de su competencia. Hoy se entiende que hay delitos cometidos en las plataformas cibernéticas para la estafa, la defraudación fiscal, el lavado de activos o el financiamiento del terrorismo que habilitan a los jueces de ciertos países a condenar sanciones de personas que se encuentran en otros países. Para que esto suceda debe cumplirse el principio penal de la doble incriminación según el cual un acto puede considerarse como punible en dos o más ordenamientos de distintos países y simultáneamente, sin necesidad de que se trate del mismo tipo penal, del mismo nombre o de la misma condena. Es suficiente con que los hechos coincidan y tengan una sanción.
Pero esta extraterritorialidad es restrictiva porque impide que, recíprocamente, los jueces de otros países requieran activamente la presentación de alguien que haya cometido un delito con repercusiones para sus jurisdicciones pero que sean nacionales de países como Ecuador en donde se encuentra prohibida la extradición de ecuatorianos.
El proceso
A partir de la convocatoria al referéndum, la extradición levantó dudas entre los ecuatorianos, pues incluso las voceras gubernamentales llegaron a compararla con la expulsión, que en sentido jurídico tiene otra acepción.
La extradicción debe cumplir un proceso, que según la Corte Nacional de Justicia sucede así: primero la Cancillería recibe la solicitud de extradición, esta institución verifica que exista un tratado bilateral con el país requirente y envía el pedido a la presidencia de la Corte Nacional de Justicia, que verifica la existencia de la doble tipicidad, es decir que sea la falta considerada como delito en ambos países. Luego, el presidente de la Corte convoca a una primera audiencia.
Si el requerido acepta el proceso de extradición el trámite es rápido y se lo envía al país requirente. Si no hay la voluntad del detenido, se convoca a una segunda audiencia. En esta la Fiscalía expone la solicitud de extradición y en tres días el presidente de la Corte emite una sentencia. Finalmente, el Presidente de la República decide si se concede o se niega la extradición.
Los ecuatorianos vinculados con el narco
Si bien Ecuador ha sentido la presencia de las bandas dedicadas a proveer la logística necesaria para el envío de drogas hacia otros países o de los operarios que, a través de empresas fachadas, lavan el dinero producto de actividades del crimen organizado; la historia contemporánea ha identificado a algunos delincuentes considerados como capos o figuras claves en el tráfico de droga en alianza con carteles internacionales, especialmente mexicanos.
Los nombres más conocidos y que recientemente han estado en el debate público son el de Wilmer Emilio Sánchez Farfán, alias el Gato Farfán o Jerry, quien es señalado de ser el equivalente de Joaquín El Chapo Guzmán en Ecuador y que era uno de los objetivos más importantes de la Administración de Control de Drogas de los Estados Unidos (DEA). Farfán fue detenido el 9 de febrero de este año en Colombia y, desde ese país, se lo extraditó para que sea juzgado por las autoridades estadounidenses. Si la detención de alias Gato Farfán hubiera sucedido en Ecuador, éste debería haber cumplido su condena en el país sin posibilidad de ser procesado en territorio norteamericano sin sospechas de ningún tipo.
También, alias Gerald, cuyo nombre es Édison Wáshington Prado Álava, que fue extraditado también a los Estados Unidos por el tráfico de 250 toneladas de drogas. Gerald fue dentenido en el 2018, también en Colombia. Las autoridades estadounidenses lo sentenciaron a 19 años de prisión y cumple su condena en una cárcel de mínima seguridad.
Tanto Prado Álava como Farfán han sido citados dentro de la lista de los narcotraficantes más importantes y buscados del mundo.
Pero ellos no son los únicos. En Ecuador también hubo narcotraficantes que fueron detenidos en el país y que, en varias ocasiones obtuvieron beneficios penitenciarios, incluso en algunos casos murieron en las cárceles. Pese a que no hay datos oficiales sobre si había pedidos de extradición en su contra, aunque otro país los hubiera requerido, la Constitución ecuatoriana lo habría impedido.
Uno de ellos es Telmo Castro, conocido como El Capi. Castro era excapitán del Ejército de Ecuador y estaba en prisión por cargos de tráfico de drogas para el Cartel de Sinaloa. Fue detenido en varias ocasiones: en 2009, 2012, 2013, 2017 y 2018. Finalmente, en el 2019, fue asesinado en su celda en Guayaquil.
Según recoge la plataforma Insight Crime y la agencia de noticias AP, Castro se encargaba de recoger los cargamentos de droga en la región fronteriza y llevarlos a los puntos de despacho. Eso lo hacía en vehículos militares escoltados con personal del ejército. Por el traslado cobraba USD 100 por kilo, lo que equivalía a pagos hasta de USD 600.000, según la declaración de Jorge Cifuentes, traficante colombiano que era lugarteniente de confianza del Cartel de Sinaloa y que declaró en contra de El Chapo Guzmán.
Oscar Caranqui, que recibió dos condenas de 16 años por tráfico de drogas y el asesinato de la secretaria de una jueza; tuvo además una tercera sentencia de 20 años también por narcotráfico, y que fue capturado en Bélgica en el 2005 por traficar drogas, también estaba encerrado en una prisión del Ecuador. En su tiempo en la cárcel escribió un libro que luego fue destruido La Roca, cementerio de hombres vivos, que supuestamente contenía denuncias en contra de altos funcionarios del gobierno de Rafael Correa y vigilantes de la cárcel. A Caranqui lo asesinaron el 13 de junio de 2013 en el patio del penal donde estaba preso.
También Leandro Norero, conocido como El Patrón, vinculado con el tráfico de drogas, era requerido por la justicia peruana, sin embargo, fingió su muerte en el 2020, en los meses más críticos de la pandemia del coronavirus, por lo que logró evadir a las autoridades peruanas. Dos años después, Norero cayó preso y cumplía su condena en una cárcel ecuatoriana.
De acuerdo con las autoridades policiales, Norero habría sido el financista de tres bandas delictivas: Los Lobos –la segunda megabanda más grande del Ecuador–, Los Tiguerones y Los Chone Killers. Desde la muerte de alias Rasquiña, las tres pandillas son enemigas de Los Choneros, la megabanda ecuatoriana con al menos 12.000 integrantes.
Aunque Norero creció en medio de la pobreza en Guayaquil, su vinculación con las actividades ilícitas le permitió administrar varios bienes. Al momento de su detención en Ecuador se conoció que es dueño de empresas, mecánicas, lavadoras de autos, etc. Desde esos negocios habría controlado sus operaciones narcodelictivas por más de 10 años.
Las autoridades peruanas empezaron a investigar y llegaron hasta El Patrón Norero. Un juez pidió su prisión preventiva, pero Norero evadió la justicia y desapareció del radar peruano. Pero en 2019, Norero fue herido en una zona del norte de Guayaquil.
Cuando en Perú conocieron el paradero de Norero pidieron la extradición para este, pero el proceso se archivó cuando este se hizo pasar por muerto, utilizando documentos falsos. A esto se suma que Norero no habría sido extraditado porque estaba en Ecuador.
Norero fue asesinado en una masacre carcelaria sucedida en octubre de 2022. Su ejecución se dio el mismo día en que tenía una audiencia judicial.
Extraditables que no son extraditados
Aunque los ecuatorianos detenidos en Ecuador no pueden ser extraditados a otros países, los extranjeros retenidos en el país sí pueden ser extraditados a otros países requirentes. Sin embargo, se han registrado casos en los que los pedidos de extradición para extranjeros detenidos en Ecuador han sido negados.
Tal es el caso del albanés Dritan Rexhepi, que Infobae reveló en noviembre de 2022. Rexhepi conocido como “el rey de la cocaína” se acogió a un beneficio penitenciario que le permitió salir de la prisión a finales de 2021. Varios documentos judiciales italianos identificaron a Rexhepi, que actualmente tiene 42 años, como “el capo indiscutible” con acceso a “cantidades infinitas de cocaína” de Kompania Bello, un cártel formado por 14 bandas criminales albanesas involucradas en el narcotráfico y que, según las autoridades, funcionaba desde el 2014 en Ecuador, Holanda, Bélgica, Albania e Italia, según publicó en noviembre de 2021, The Wall Street Journal.
Rexhepi es requerido por la justicia de Albania, Bélgica e Italia por múltiples delitos. Sobre él pesan dos pedidos de extradición realizados a Ecuador por Albania e Italia. La Corte Nacional de Justicia del Ecuador resolvió que el albanés será extraditado a su país de origen una vez que cumpla su pena en el Ecuador.
Sin embargo, luego de acceder a la prelibertad, fuentes extraoficiales aseguran que Rexhepi ya no está en el radar de las autoridades. Infobae conoció de manera extraoficial y reservada que Rexhepi mantuvo contacto con las autoridades del país hasta el 15 de enero de 2022, pero luego desapareció.
En el 2010, durante la presidencia de Rafael Correa, el colombiano Danilo Nieves Meza, sentenciado por narcotráfico en el 2002, fue requerido por la justicia estadounidense bajo un pedido de extradición a Ecuador.
Aunque en el 2009, un tribunal de la Corte Nacional de Justicia aceptó la extradición de Nieves Meza, el entonces mandatario ordenó que se negara la extradición. Esta decisión la adoptó luego de que la conviviente de Nieves, Gladys Llanga, enviara una carta a Rafael Correa, en la que pedía que negara la extradición, porque con su pareja tenían dos hijos ecuatorianos.
Entre los argumentos que Correa escribió en el oficio que prohibió la extradición de Nieves, se explicaba que “una persona no puede ser juzgada dos veces por la misma causa”.
La Ley de Extradición del Ecuador da la potestad al Presidente para delegar al Ministro de Gobierno la emisión de la negativa de la extradición, “en el ejercicio de la soberanía nacional, atendiendo al principio de reciprocidad o a razones de seguridad, orden público u otros intereses esenciales para el Ecuador”.
Según comentaron fuentes reservadas de la Policía a Infobae, los delincuentes extranjeros que tienen pedidos de extradición establecen vínculos con mujeres ecuatorianas con quienes tienen hijos, lo cual les serviría para, como el caso de Nieves, evitar una posible extradición.
Mientras el gobierno ecuatoriano celebró como un fuerte golpe al narcotráfico la detención de alias Gato Farfán y su extradición a los Estados Unidos, en la realidad, la administración de Lasso no ha podido impulsar la reforma que planteó en el referéndum que fracasó en las urnas. Si bien la extradición no es una solución mágica ante el crimen organizado, sí se la considera como un mecanismo que permite atacar a los cabecillas de ciertas estructuras que son requeridos en otros países, tal como ayuda a hacer en otros países como Colombia y México.
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