Tras el comité político ampliado realizado en el palacio de La Moneda, el Gobierno chileno informó este martes a los partidos políticos oficialistas que está alistando un despliegue militar en las fronteras con Perú y Bolivia, en la zona norte, esto una vez que se termine de tramitar el decreto que norma la Ley de Infraestructura Crítica.
Tras la reunión en palacio, el diputado Tomás Hirsch, presidente de Acción Humanista (AH), corroboró que al Gobierno “le gustaría desplagar a las Fuerzas Armadas esta semana en las fronteras de las regiones de Arica, Tarapacá y Antofagasta”, según consigno esta jornada el diario chileno El Mercurio.
Por su parte, Contraloría, de acuerdo al citado medio, tomó razón del decreto que norma la Ley de Infraestructura Crítica durante la noche del lunes, por lo que se está a un paso del despliegue de las Fuerzas Armadas en las fronteras.
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En tanto, el presidente del Partido Radical (PR), Leonardo Cubillos, explicó que el subsecretario de Interior, Manuel Monsalve, “anunció que una vez tomada razón del DFL relacionado con el reglamento de Infraestructura Crítica, por parte de la Contraloría General de la República, se ingresará el respectivo Decreto Supremo que regulará y ordenará el correspondiente despliegue de las Fuerzas Armadas”.
Cabe señalar que la Ley de Infraestructura Crítica (Ley 21.542), aprobada en diciembre del 2022, establece como artículo transitorio que el Presidente de la República tiene tres meses desde la publicación en el Diario Oficial para establecer en uno o más Decretos con Fuerza de Ley, las facultades y deberes de los militares en las fronteras cuando exista “peligro grave o inminente”. Un anhelo, sobre todo para la zona norte del país, y también una alternativa para quienes exigían que se decretara estado de excepción constitucional para resguardar las fronteras.
En cuanto a lo dictado en esta normativa, la infraestructura crítica se define como “el conjunto de instalaciones, sistemas físicos o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica esencial, al medio ambiente o a la seguridad del país”. Así, entra en la definición aquello que sirve para la generación, transmisión, transporte, producción, almacenamiento y distribución de servicios como energía, gas y agua; y también las fronteras.
“Dichas facultades podrán otorgar a las Fuerzas Armadas atribuciones para el control de identidad y registros en las áreas de las zonas fronterizas”, además de “la detención para el solo efecto de poner a las personas a disposición de las policías”, especifica la ley. De igual manera, desde el Ejecutivo se espera que el Decreto Supremo salga de Contraloría esta semana para desplegar a las Fuerzas Armadas en los próximos días.
En ese sentido, para movilizar a las Fuerzas Armadas, el Presidente designa a un oficial que tendrá como gran “responsabilidad el resguardo del orden público en las áreas determinadas, de acuerdo con las instrucciones que establezca el ministerio del Interior”. En ello, considera que “no se podrán suspender, restringir o limitar los derechos y garantías constitucionales o asegurados en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
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