El Consejo Nacional Electoral del Ecuador (CNE) aprobó la convocatoria al Referéndum 2023, impulsado por el gobierno de Guillermo Lasso, que se celebrará el próximo 5 de febrero. La votación se realizará junto con las elecciones de las autoridades municipales y de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana.
El referéndum impulsado por Lasso contará con un presupuesto de más de USD 18 millones que se invertirá en la contratación de personal operativo y de apoyo logístico, así como para la impresión de las papeletas con las ocho preguntas. Esta última actividad está a cargo del Instituto Geográfico Militar que ya está imprimiendo las boletas que se destinarán a las elecciones de autoridades seccionales.
El organismo electoral anunció que desde el jueves 8 de diciembre iniciará la fase de inscripción de las organizaciones políticas y sociales que realizarán campaña a favor (Sí) o en contra (No) del referéndum. Esta etapa se extenderá hasta el 12 de diciembre.
El CNE indicó que la campaña electoral para el referéndum sucederá entre el 3 de enero y el 2 de febrero del 2023, al igual que la promoción de los candidatos a las alcaldías, prefecturas, concejalías y de vocalías de juntas parroquiales a escala nacional.
Para la promoción del Sí y el No, el órgano electoral aprobó un presupuesto máximo de financiamiento privado para la campaña de USD 2.690.009,40. El referéndum consta de ocho preguntas, por lo que el presupuesto máximo definido por el CNE para cada una de las preguntas es de USD 336.251,18. Este tipo de gasto con recursos privados se conoce en el Ecuador como gasto electoral.
La campaña para las dos opciones del referéndum también será financiada -en un 15% equivalente a USD 403.501,41- por el Estado a través del Fondo de Promoción Electoral, que paga la propaganda en los medios de comunicación y en las vallas autorizadas por el CNE.
Los consejeros electorales conocieron las preguntas y aprobaron el texto de la convocatoria realizada por el presidente Guillermo Lasso. Dichos interrogantes, previamente, superaron el análisis constitucional de la Corte. La sesión se realizó la noche del martes, aunque desde hace una semana ya se instalaron mesas técnicas de trabajo para preparar la logística para el referéndum.
Según resolvieron los miembros del CNE, la noche de este miércoles se espera que, en una cadena nacional de radio y televisión, se divulgue el texto aprobado por el órgano colegiado.
La resolución de los consejeros tiene 30 páginas y en esta se convoca al voto obligatorio para los ecuatorianos mayores de 18 años, y al voto facultativo para las personas entre los 6 y 18 años, los mayores de 65 años, a los ecuatorianos domiciliados en el exterior, a los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo, personas con discapacidad, y extranjeros que residan en el país al menos cinco años, para que decidan sobre la pertinencia de las reformas constitucionales planteadas por el Ejecutivo.
El CNE prevé que el anuncio oficial de los resultados del referéndum se realice el 21 de marzo, luego de la fase de conteo de votos y de la resolución de recursos legales de apelación a los resultados en las instancias administrativas y judiciales del poder electoral ecuatoriano.
Las preguntas que los ecuatorianos votarán serán las siguientes ocho:
1. La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
2. El Consejo de la Judicatura selecciona, evalúa, asciende, capacita y sanciona a fiscales, a pesar de que la Fiscalía es un órgano autónomo. ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
3. La Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
4. Actualmente existen 272 movimientos políticos en el Ecuador. Estos no garantizan la representación ciudadana, ni una adecuada participación de sus miembros. ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5 % del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
5. La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica, por lo que estas no gozan de su protección. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
6. La Constitución no prevé compensaciones a quienes apoyan a la generación de servicios ambientales. ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
7. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social es una entidad pública que actualmente tiene el poder de designar a 77 autoridades. ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social enmendando la Constitución según el anexo?
8. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social es una entidad pública que actualmente es elegida por sufragio universal. ¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución según el anexo?
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