Este martes se vivió una jornada histórica en la Convención Constitucional. El Pleno del organismo comenzó las discusiones y votaciones de las normas aprobadas en la Comisión de Sistemas de Justicia. Cuatro horas duró el debate del informe entregado por la comisión que terminó aprobando 14 de los 16 artículos que se discutieron. El resto de las normas volverá a la comisión para que la instancia haga un nuevo informe y vuelva a presentar sus propuestas al pleno. Las que sí lograron los 103 votos pasan a la votación en particular, que será el jueves desde las 15:00.
El primer artículo que se votó fue la función jurisdiccional y establece que esta “se ejerce exclusivamente por los tribunales de justicia y los demás órganos o autoridades indígenas reconocidos por la Constitución y las leyes dictadas conforme a ella”, fue aprobado con 107 votos a favor, 41 en contra y 3 abstenciones. Sin embargo, algunos colectivos de centroizquierda, como el Colectivo Socialista, quieren que la normas se devuelva a comisión para que se reescriba, sobre todo lo relacionado a la posibilidad de que otros órganos, que no sean los tribunales de justicia, ejerzan la función jurisdiccional. Una vez aprobado en general, la única fórmula para que regrese a la comisión es rechazarlo en particular, pero que al menos logre la mayoría de los constituyentes (78).
El segundo artículo votado fue el que habla de pluralismo jurídico y consagra la existencia de sistemas jurídicos indígenas paralelos a la justicia nacional, también fue respaldado, recibiendo 114 votos a favor y 37 en contra. Este fue sumamente criticado por los convencionales de centroderecha, quienes de hecho rechazaron en masa este punto.
El tercero, sobre la independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad de los jueces, igualmente fue aprobado, con 113 votos a favor, 37 en contra y 1 abstención.
Donde hubo discrepancias y se terminó rechazando el artículo, fue en el cuarto que establece la “inamovilidad de los jueces”, pero fija en 70 años la edad de retiro y deja el espacio para que la Comisión de Sistemas de Justicia apruebe una duración fija del cargo de los magistrados, lo que fue duramente criticado, esta vez no solo por Vamos por Chile (derecha), sino que también por grupos como el Colectivo Socialista. Así, fue rechazado con 89 votos a favor y 62 en contra.
El quinto, que consagra el “derecho de acceso a la justicia”, que garantiza el pleno acceso a la justicia a todas las personas y colectivos también fue aprobado tras recibir 140 votos a favor, 7 en contra y 2 abstenciones. En tanto, el sexto, sobre la “tutela jurisdiccional efectiva”, que establece que las personas tienen derecho a requerir de los tribunales de justicia la tutela efectiva de sus derechos e intereses legítimos logró 128 respaldos, 21 rechazos y 1 abstención.
El séptimo y el octavo generaron varias dudas entre los colectivos políticos: el artículo 7° de la inexcusabilidad e indelegabilidad, según la norma, implica que “reclamada su intervención en la forma legal y sobre materias de su competencia, los tribunales y los demás órganos que ejerzan jurisdicción no podrán excusarse de ejercer su función en un tiempo razonable ni aún a falta de norma jurídica expresa que resuelva el asunto sometido a su decisión. El ejercicio de la jurisdicción es indelegable”, finalmente fue aprobado con 114 votos a favor y 36 en contra.
El octavo, de la “ejecución de las resoluciones”, permite que para hacer ejecutar las actuaciones que determine la ley, los órganos que ejercen jurisdicción podrán impartir órdenes o instrucciones directas a la fuerza pública “y a toda otra autoridad o persona”. Además, define que las sentencias y resoluciones dictadas en el Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos “permitirán revisar el efecto de cosa juzgada de las sentencias firmes dictadas por tribunales de Chile”. Ambos incisos recibieron solo 88 votos a favor y 63 en contra, quedando como rechazado.
El noveno, “fundamentación y lenguaje claro”, se aprobó con 114 votos a favor, 33 en contra y 4 abstenciones. En cuanto al décimo, la “gratuidad”, también recibió alto respaldo: 141 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones.
El artículo 11°, que establece el “principio de responsabilidad jurisdiccional”, busca que los jueces sean “personalmente responsables por los delitos de cohecho, falta de observancia en materia sustancial de las leyes que reglan el procedimiento, y, en general, por toda prevaricación, denegación o torcida administración de justicia”, se aprobó con 113 votos a favor, 36 en contra y 2 abstenciones.
Luego, con amplio apoyo, el artículo 12° de publicidad, probidad y transparencia, establece que todas las etapas de los procedimientos y resoluciones son públicas. Sin embargo, de manera excepcional “la ley podrá establecer su reserva o secreto”, se visó con 145 respaldos, 0 rechazos y 4 abstenciones.
El “principio de justicia abierta” también recibió apoyo de varios sectores políticos y logró aprobarse con 128 votos a favor, 22 en contra y 1 abstención. La paridad y perspectiva de género fue uno de los principios más remarcados por las convencionales que intervinieron en el pleno, la norma señala que se debe garantizar la igualdad sustantiva de todos los órganos que intervienen en la función jurisdiccional y se visó con alto respaldo: 115 votos a favor, 24 en contra y 13 abstenciones.
Por su parte, el artículo 15, que establece la “plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad”, también fue aprobado con 114 votos a favor, 37 en contra y 1 abstención.
Finalmente, los “mecanismos colaborativos de resolución de conflictos” lograron la votación más alta de la jornada, con 150 votos a favor, mientras que no se registraron votos en contra, pero sí una abstención
Los 14 artículos aprobados en general ahora deberán pasar por un proceso de votación en particular. Según el oficio que fija el procedimiento de votación, “aprobada una propuesta normativa en general, se citará al Pleno a una sesión en la cual se procederá al debate en particular de la propuesta de norma constitucional”.
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