Las diez plagas a las que Daniel Ortega somete a los presos políticos

Juristas denuncian torturas, abusos y faltas en el proceso con los que el dictador nicaragüense mantiene en un “limbo legal” a los opositores detenidos: “Pueden pasar años presos y sin sentencia”

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Gran parte de los 43
Gran parte de los 43 presos políticos capturados el año pasado ya cumplieron más de seis meses en la cárcel, el plazo máximo que la ley nicaragüense establece para que sean sentenciados o liberados. EFE/Jeffrey Arguedas

Desde el 22 de octubre pasado, los jueces nicaragüenses comenzaron a detener unos tras otro los juicios a los presos políticos encarcelados durante el 2021 alegando “fuerza mayor” por “exceso de carga laboral”, una figura que deja en prisión indefinida y sin sentencia a los acusados. Juristas independientes la consideran “ilegal y arbitraria”.

“Es totalmente ilegal. La interrupción del proceso solo puede producirse por tres razones: por solicitud de la defensa, y yo entiendo que ningún defensor lo ha solicitado, o por fuerza mayor o caso fortuito”, explica Eylin Cruz, abogada del grupo independiente Acción Penal. “Caso fortuito o fuerza mayor es que ocurra un terremoto, que se quemen o inunden los juzgados y que yo sepa no ha ocurrido eso”.

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Entre junio y noviembre del año pasado, el régimen de Daniel Ortega encarceló a 43 líderes opositores, empresarios, periodistas y críticos del gobierno con la intención de anular la oposición política en Nicaragua para evitar su participación en las elecciones que se realizaron en noviembre de ese año. Siete de los apresados eran personas que manifestaron su intención de competir como candidatos presidenciales opositores en las elecciones de noviembre.

El abogado y defensor de derechos humanos, Pablo Cuevas, afirma que existe una “saña particular contra los presos políticos”. A todos ellos se les impuso 90 días de prisión preventiva, el plazo máximo que establece una reciente reforma al Código Penal de Nicaragua, se les mantiene aislados, se les priva de la asistencia de abogados en los términos que la ley establece y los jueces dictaron “duplicidad de los plazos” por complejidad, condición que alargó los procesos de tres a seis meses.

“En la mayoría de los casos la Fiscalía ha pedido duplicidad de los plazos a los jueces y los jueces complacientemente lo han concedido sin seguir lo que dice la ley, que debe haber un razonamiento jurídico o lógico para que un juez admita o mande la duplicidad de plazos a petición del Ministerio Público”, dice Cuevas.

Aun con la prolongación del plazo, 26 de los 43 reos políticos detenidos este año ya cumplieron más de seis meses en la cárcel, por lo tanto, deberían ser puestos en libertad si no hay sentencia condenatoria contra ellos, según el mismo Código Penal. Sin embargo, desde octubre pasado los jueces comenzaron a declarar “interrumpidos” estos procesos por “fuerza mayor” o “caso fortuito”, alegando sobrecarga laboral.

El artículo 34 del Código Penal nicaragüense establece que “si transcurridos los plazos señalados para el proceso penal con acusado detenido, no ha recaído veredicto o sentencia, el juez ordenará la inmediata libertad del acusado y la continuación del proceso”.

Este mismo artículo señala que “en todo juicio por delitos en el cual exista acusado preso por la presunta comisión de un delito grave se deberá pronunciar veredicto o sentencia en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de la primera audiencia”. Y agrega que “el tiempo de demora atribuible a la defensa, fuera de los plazos legalmente establecidos, interrumpe el cómputo del plazo. Igualmente lo interrumpirá el caso fortuito o la fuerza mayor”.

"Hay ensañamiento contra los presos
"Hay ensañamiento contra los presos políticos", expone el defensor de derechos humanos Pablo Cuevas. EFE/Jorge Torres.

“Si, la ley lo permite, pero dentro del espíritu de la ley todo debe tener una lógica jurídica y debe pensarse en el sufrimiento menor o el respeto a los derechos del ciudadano que está siendo procesado”, expone el abogado Cuevas. “Hay un principio de celeridad procesal, enunciado constitucional que habla que los ciudadanos deben recibir justicia con celeridad”.

“La doctora (María) Oviedo fue capturada en julio y en diciembre dicen que se suspenden el juicio por fuerza mayor o por causa fortuita, porque el despacho está saturado, tiene mucha carga laboral. Eso no es causa fortuita, son situaciones predecibles, esa es una acción negligente. Hay una mala intención, de detener al indiciado el mayor tiempo posible”, añade.

Cuevas destaca que este tratamiento no se ve en los casos de presos comunes. “Pasan de los tres meses cuando hay negligencia de la defensa y la defensa pide más plazo o cuando los jurados no asisten. Es evidente que con los presos políticos hay una situación de ensañamiento”.

Dice que ese “ensañamiento” tiene la intención de “acallar las voces discordantes y mandar un mensaje al resto de la ciudadanía: Si te metes a esto, esto es lo que te pasará”.

Con la interrupción de los procesos, los detenidos podrían pasar años presos y sin que se les dicte sentencia porque para ellos el tiempo dejó de contar legalmente, están en un limbo legal”, explica un jurista que pidió anonimato por seguridad.

Para la abogada de Acción Penal, Eylin Cruz, la suspensión de los procesos tiene que ver también con las deficiencias de la Fiscalía. “Son procesos que se realizaron con acusaciones sin tener los suficientes elementos de prueba para sustentarlas y en los juicios van a quedar en ridículo. Los fiscales no van a poder sostener un juicio oral y público, ni van a poder demostrar la culpabilidad de ninguno de los presos políticos porque son sin fundamento”, dice.

El régimen de Daniel Ortega
El régimen de Daniel Ortega estaría buscando alargar el encarcelamiento de los opositores con miras a usarlos como "fichas de canje" en una eventual negociación. EFE/Jorge Torres

Cruz, quien fue fiscal del Ministerio Público y ahora se encuentra en el exilio, dice que los procesos contra los presos políticos ahora son incluso más burdos que los del 2018. “¿Cómo van a poder demostrar traición a la patria?, se pregunta. Traición a la patria o “menoscabo a la soberanía nacional”, es el delito imputado a mayoría de presos políticos, y en la legislación nicaragüense se aplica a personas que quieran dividir a Nicaragua, el territorio nacional o que intenten que otro estado someta al estado de Nicaragua o se apodere de parte del territorio nacional.

“No se puede sostener una acusación de traición a la patria”, dice Cruz. “A quien se le puede armar un caso por traición a la patria es a Daniel Ortega que entregó territorio al chino (Wang Jing) por lo del canal (interoceánico)”, dice.

Para la abogada, la intención de mantener presos a los líderes de la oposición y críticos del gobierno a pesar que no se les pueda demostrar delito alguno, podría explicarse en la necesidad de negociaron con ellos en un eventual diálogo. “Negociar con ellos y dejar los procesos así sin sentencia condenatoria”, dice.

A Cuevas, la estrategia le recuerda a los mafiosos. “Están dejando dormir los expedientes para utilizarlos como fichas de cambio: te doy esto y me das esto. No podemos descartar esa posibilidad porque ya ha sucedido antes. Se me viene a la mente lo que hacen algunos mafiosos, te retengo y para liberarte me tenés que dar esto”, dice.

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