Las tarifas de viaje para teléfonos móviles, itinerancia o “roaming” (por su uso en inglés) desaparecerán a partir del sábado 1 de enero en la Comunidad Andina (CAN), conformada por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, beneficiando a los 111 millones de habitantes de la región.
Como resultado, los usuarios de estos países no tendrán que pagar más por los servicios de interconexión en la telefonía móvil bajo este nuevo esquema comunitario, informó el lunes en un comunicado oficial la organización internacional
La itinerancia o roaming es un concepto utilizado en telecomunicaciones para describir la posibilidad de que los dispositivos inalámbricos utilicen una cobertura de red distinta al enrutamiento principal. El término se utiliza para describir a la capacidad de la que dispone un proveedor de servicios para ofrecer a sus clientes el servicio de interconexión en redes distintas a la suya y, a menudo, fuera de su ciudad y país.
En el caso de las redes Wi-Fi, esto significa que el dispositivo por el que el cliente puede navegar está habilitado para conectarse a diferentes redes inalámbricas utilizando el servicio de su misma operadora. En este caso, la identificación se suele realizar mediante el uso de los mismos datos para el nombre de usuario y contraseña, pero en distintas redes operadas por un acuerdo entre las operadoras.
La eliminación de la itinerancia se llevará a cabo gracias a la aplicación de la Decisión 854, disposición supranacional adoptada el 19 de febrero de 2020 por los cuatro países de la comunidad.
Esta política establece que, cuando un ciudadano de un país de la Comunidad Andina se encuentre en el territorio de los otros tres países, se aplicará a la tarifa el mismo estatus que su país de origen por los servicios de llamadas, mensajería de textos y navegación por internet con datos móviles. Esta decisión histórica contribuye a los esfuerzos de la Comunidad Andina para romper la brecha digital y comprender los valores centrales de nuestra organización, que consisten en mejorar la vida de los ciudadanos andinos, dijo el secretario general de la CAN, Jorge Hernando Pedraza. También destacó que la remoción del roaming internacional se suma a los importantes logros que ha obtenido recientemente la CAN.
Asimismo, Pedraza también subrayó las normas adoptadas en materia migratoria, ambiental y la próxima ejecución de un plan que acerca el negocio y la digitalización.
En una entrevista a Caracol Radio de Colombia, el secretario Pedraza agregó que “gracias a la Decisión 854 de la CAN, se aplicarán las mismas condiciones o planes tarifarios que el país de origen por los servicios de voz, SMS y datos” y que “este beneficio para el bolsillo de los más de 111 millones de habitantes de la región fortalece la Agenda Digital Andina y contribuye a los esfuerzos de los países de la CAN para cerrar de manera eficaz y efectiva la brecha digital”.
En 2019, la Comunidad Andina celebró medio siglo desde su fundación y emerge como el sistema más antiguo de Sudamérica, establecido originalmente por otros países como Chile y Venezuela.
La Comunidad Andina (CAN), antes conocida como Pacto Andino o Grupo Andino, es una entidad política constituida como una organización internacional nacida para lograr un desarrollo global, equitativo e independiente de los pueblos andinos. Está conformado por cuatro estados de los Andes y se promulga mediante la ratificación del Acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969.
El proceso de integración andina se inició con la firma del acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969. Este incluyó a partes que integran el Sistema Andino de Integración cuya sede de la Secretaría General se encuentra en Lima, Perú.
La Comunidad Andina tiene casi 111 millones de habitantes, cubriendo un área de 3,8 millones de kilómetros cuadrados y un PIB nominal de USD 707 mil millones. Entre sus logros en casi 53 años de su existencia, la Comunidad Andina se ha consolidado como zona de libre comercio y libertad humana en materia migratoria como de libertades comerciales y ha apoyado sus arreglos presupuestarios para evitar la doble tributación dentro de los márgenes de sus fronteras territoriales.
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