
La Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenció a favor de Emilio Palacio y de los directivos Nicolás, César y Carlos Pérez del diario El Universo, en la causa que iniciaron por una sentencia que el ex presidente Rafael Correa consiguiera en su contra en la justicia local por una columna de opinión escrita por el primero de estos. La Corte declaró la responsabilidad internacional del Estado de Ecuador por las violaciones a los derechos humanos de los mencionados en el ejercicio del periodismo y ordenó varias medidas de reparación integral.
El tribunal internacional de justicia confirmó la decisión el 24 de noviembre pasado y la resolución judicial llegó a los correos electrónicos de los abogados del diario el 21 de diciembre. La Corte concluyó que en la columna “No a las mentiras”, publicada el 6 de febrero de 2011 y que analizaba las consecuencias del 30 de septiembre de 2010, fecha en la que ocurrió un el amotinamiento policial, se ejerció el derecho humano a la libertad de expresión como materia de interés público, por lo que es de interés general y por tanto “gozaba de una protección especial en atención a su importancia en el debate democrático”.
En consecuencia, agregó, la sentencia conseguida por el ex presidente Correa, y las sanciones civiles impuestas con motivo de dicha condena constituyeron una violación a la libertad de expresión de las partes acusadas. Asimismo, la Corte concluyó que Palacio fue obligado a abandonar el país y renunciar a su cargo como consecuencia del juicio y otros delitos penales, lo que resultó en que se violara su derecho a movilizarse libremente, residir y a trabajar.
Según la Corte, el Estado reconoció su rol en la violación a los derechos a la separación de funciones, a la inmediación judicial, al debido proceso a la irretroactividad de la ley. Por tanto, concluyó que el Estado es responsable por las violaciones de los derechos registrados como al principio de legalidad y no retroactividad, y a las garantías judiciales como a la protección judicial constantes en distintos artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En 2011, el Poder Judicial ecuatoriano falló en primera y segunda instancia a favor del ex presidente Rafael Correa, quien acusó a Palacio de calumniarle por su columna de opinión publicada el 6 de febrero de 2011. Los directores del diario El Universo fueron también demandados como actores coadyuvantes. La condena para los acusados fue de tres años de prisión y el pago de un total de USD 40 millones.
El tribunal internacional también dictaminó las siguientes medidas de reparación integral:
-Aceptar todos los trámites necesarios para anular la sentencia del 20 de julio de 2011, y confirmada el 22 de septiembre de 2011 que daba la razón a Correa y ordenaba el encierro e indemnizaciones en contra de Emilio Palacio Urrutia, Carlos Nicolás Pérez Lapentti, Carlos Eduardo Pérez Barriga y César Enrique Pérez Barriga, además de cualquier otra implicación de estas decisiones.
-Publicar un resumen de la sentencia una sola vez en el Registro Oficial y un periódico de circulación nacional, además de alojar íntegramente la sentencia para la descarga libre en el sitio web oficial del Poder Judicial y desarrollar e implementar planes de capacitación para los servidores públicos, para asegurar que tengan los conocimientos necesarios sobre derechos humanos y libertad de expresión.
-especto a la indemnización de daños: Emilio Palacio deberá recibir USD 250.000 por daños materiales y USD 30.000 por daños inmateriales. Las otras víctimas deberán recibir USD 60.000 en total por daños inmateriales y el reembolso de costas y gastos que suman USD 40.000.
El secretario general de Comunicación de la Presidencia emitió un comunicado refiriéndose al caso y señaló que una de las enmiendas propuestas por la Corte fue cambiar la ley penal, en línea con el deber estatal de garantizar la libertad de expresión.
El gobierno del presidente Guillermo Lasso declara lamentar el daño irrogado por el Estado ecuatoriano a los imputados durante el gobierno de Rafael Correa, cuyos derechos fueron vulnerados en esa “época en la que la persecución imperaba”.
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