El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de Perú ratificó que solo proclamará los resultados de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales celebradas el pasado 6 de junio cuando haya resuelto todas las actas observadas y los pedidos de nulidad presentados tras el proceso.
Este martes, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que el candidato izquierdista Pedro Castillo se impuso con el 50,125% de los votos a la derechista Keiko Fujimori, que obtuvo el 49,875%, al concluir el 100% de actas contabilizadas de la segunda vuelta presidencial.
Con la totalidad de las actas de votación contabilizadas, Castillo obtuvo 8.835.579 de votos, 44.058 más que Fujimori, que recibió el respaldo de 8.791.521 electores.
A pesar de la finalización del cómputo, aún no se puede proclamar al ganador, debido a que el partido fujimorista Fuerza Popular ha pedido la anulación de cientos de actas de votación por presuntas irregularidades que considera parte de un “fraude en mesa”.
Esos pedidos están siendo revisados por las oficinas descentralizadas del JNE, que hasta el momento han desestimado la mayoría por haber sido presentados fuera de plazo o carecer de un sustento de fondo. De momento, ni uno solo de los pedidos hechos por Fujimori ha sido aceptado por defectos de forma o por carecer de fundamentación.
El pleno del máximo tribunal electoral remarcó que desde el pasado lunes celebra audiencias y sesiones públicas en las que escucha los alegatos de las partes, y luego transmite en vivo sus sesiones de deliberación y vota sobre los recursos “a fin de brindar la máxima transparencia sobre sus decisiones ante la ciudadanía”.
Las resoluciones sobre las apelaciones son remitidas a los Jurados Electorales Especiales (JEE) de cada jurisdicción para que estos, a su vez, los envíen a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) correspondientes para que, de ser el caso, los ingresen al cómputo de resultados.
Posteriormente, cuando los JEE no tengan ningún recurso pendiente por resolver, procederán a proclamar los resultados en el ámbito de su competencia.
Finalmente, el pleno del JNE suscribirá el acta de proclamación general de resultados y entregará las credenciales al candidato que asumirá la presidencia peruana para el periodo 2021-2026, de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones.
“De esta manera, el JNE como organismo constitucional autónomo procede con respeto a la normatividad electoral vigente y al debido proceso, de tal forma que los resultados de los comicios sean fiel reflejo de la voluntad ciudadana expresada en las urnas”, concluyó el pleno del máximo tribunal.
Ante este panorama, el presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, llamó a la calma a la espera de las deliberaciones finales: “No invoquemos más división, tenemos que reconstruir lazos de solidaridad y buscar el consenso por el bien del país, somos una gran nación, no dos naciones sino una y somos dignos de ella”.
“Nuestra labor está ajustada a derecho y obramos con imparcialidad y transparencia”, agregó.
Arenas explicó que el JNE debe resolver las apelaciones de actas observadas y que según el sistema existirían más de 80 apelaciones. “La proclamación de resultados de la segunda vuelta presidencial se producirá en cuanto culmine la resolución de estos trámites pendientes”, indicó.
A través de su partido Fuerza Popular, Fujimori pidió “una auditoría informática del proceso de digitalización de actas electorales”.
La razón esgrimida para reclamar esta auditoría es que “se ha detectado por redes sociales una serie de cuestionamientos” entre el acta y el sistema informático de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.
“Solo pedimos elecciones limpias y que se revisen todas las irregularidades. No nos vamos a rendir”, escribió este lunes en redes sociales Keiko Fujimori, hija y heredera política del ex presidente Alberto Fujimori (1990-2000) que denuncia haber sido víctima de un supuesto “fraude sistemático” aunque no presentó pruebas.
Estos recursos se concentran en zonas andinas, rurales y pobres donde Castillo tuvo una votación aplastante, y el argumento en la mayoría de ellos era que alguna de las firmas de los miembros de mesa diferían de las rúbricas de las mismas personas que figuran en el registro civil.
Con información de EFE
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