El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves la decisión de las autoridades holandesas de retirar la protección que ofrecieron a los residentes temporales en Ucrania cuando se produjo la invasión rusa, ya que se trató de una decisión voluntaria de Países Bajos de ampliar a este colectivo la protección temporal que activó la Unión Europea para nacionales ucranianos, refugiados y residentes permanentes.
El marco comunitario que se activó por primera vez en la historia en la crisis ucraniana garantiza de manera temporal derechos de residencia, permiso de trabajo y otros derechos sociales a los ciudadanos que llegaron masivamente a la UE huyendo de la guerra provocada por Rusia.
Sin embargo, los Estados miembro sólo están obligados a otorgar esta protección temporal a los nacionales ucranianos, a ciudadanos de terceros países con estatus de refugiado en Ucrania y a los familiares de estas dos categorías, así como a los residentes permanentes que no pudieran regresar a sus países de origen.
Los 27, además, acordaron que cada país podría ampliar de manera voluntaria esta protección "a cualquier otra categoría de personas desplazadas procedentes de Ucrania" que huyeran de la guerra; y es en este marco que las autoridades de Países Bajos decidieron incluir a los residentes permanentes a los que ahora retira la protección que se mantiene al resto de colectivos.
El caso ha llegado a la Justicia europea después de que varias personas afectadas denunciaran la situación y el Consejo de Estado neerlandés y el Tribunal de Primera Instancia de La Haya decidieran pedir al TJUE que aclare en qué condiciones se puede cancelar la protección facultativa.
En su sentencia, el Alto Tribunal europeo recuerda que el mecanismo de protección "temporal e inmediata" constituye una expresión del principio de solidaridad y reparto equitativo de responsabilidades entre los países de la UE en materia de asilo y "reviste carácter excepcional", por lo que debe quedar reservado a casos de "afluencia masiva" de desplazados.
Por ello, el tribunal con sede en Luxemburgo concluye que un Estado miembro que ha concedido protección temporal facultativa a otra categoría de personas puede retirársela, ya que las autoridades nacionales pueden decidir la duración de esa medida voluntaria.
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