Un alto tribunal nipón declara inconstitucional el rechazo al matrimonio homosexual

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Tokio, 13 dic (EFE).- Un tribunal nipón dictaminó este viernes que la postura del Gobierno japonés de no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, mientras que el Ejecutivo sigue sin dar pasos para modificar la normativa y reconocer estas uniones.

El Tribunal Superior de Fukuoka se convirtió en el tercer tribunal superior que dictamina que la prohibición es inconstitucional, aunque confirmó el fallo de un tribunal menor y desestimó la demanda de daños y perjuicios de los demandantes.

Dicho tribunal inferior había señalado el año pasado que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo se encuentra en un "estado de inconstitucionalidad", un término visto como un llamamiento a la Dieta (Parlamento) para que aborde la inconsistencia de la ley con la Constitución.

El fallo de hoy se produce tras la demanda interpuesta por tres parejas del mismo sexo que viven en la prefecturas de Fukuoka y Kumamoto, que alegaban que la negación del matrimonio del mismo sexo viola la Constitución.

El pasado octubre, otro tribunal superior japonés dictaminó también que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en el país es inconstitucional.

El fallo entonces del Tribunal Superior de Tokio se emitió después de que el Tribunal del Distrito de Tokio determinara en 2022 que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo se encuentra en un "estado de inconstitucionalidad".

La batalla judicial en torno al matrimonio homosexual se está llevando a cabo con base a dos artículos de la Carta Magna de Japón.

Los demandantes basan sus denuncias en el artículo 14, que estipula la igualdad ante la ley y la no discriminación en las relaciones políticas, económicas o sociales por razones de raza, credo, sexo, condición social u origen.

El Gobierno sostiene que la Constitución no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo y por ello su postura se mantiene en la constitucionalidad, pues su artículo 24 define el matrimonio «basado únicamente en el consentimiento mutuo de ambos sexos», entendiendo que solo puede ser entre un varón y una mujer.

Entre 2021 y 2024 se han emitido cerca de una decena de sentencias de primera instancia sobre el asunto, la mayor parte de ellas apuntaban que esta falta de reconocimiento en las uniones homosexuales es inconstitucional o bien vulnera los derechos recogidos en la Carta Magna.

En el primer fallo de un tribunal superior a principios de este año, el Tribunal Superior de Sapporo (norte) dijo que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en el país es inconstitucional, confirmando el fallo de un tribunal inferior en 2021.

Ninguno de los tribunales ha aceptado, no obstante, proporcionar una compensación económica por daños a los demandantes.

Japón sigue siendo el único país del Grupo de los Siete que no ha legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo ni las uniones civiles, a pesar de la creciente presión de la comunidad LGTB en el país asiático. EFE

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