Tribunal superior nipón vuelve a declarar inconstitucional veto al matrimonio homosexual

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Tokio, 30 oct (EFE).- Un tribunal superior japonés dictaminó este miércoles que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en el país es inconstitucional, mientras que el Gobierno sigue sin dar pasos para modificar la normativa y reconocer estas uniones.

El fallo del Tribunal Superior de Tokio se emitió después de que el Tribunal del Distrito de Tokio determinara en 2022 que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo se encuentra en un "estado de inconstitucionalidad".

El término utilizado por el tribunal inferior, aunque no llega a declarar la prohibición inconstitucional, se considera un llamamiento a la Dieta para que tome medidas al respecto.

Los siete demandantes, entre los que había parejas del mismo sexo, habían exigido al Gobierno un millón de yenes (unos 6.000 euros/6.490 dólares) cada uno en concepto de daños y perjuicios, que el Tribunal Superior de Tokio ha denegado, no obstante.

Estas parejas argumentan que la no permisión de estas uniones viola el derecho a la igualdad consagrado por la Constitución nipona y su garantía a la libertad de matrimonio.

Los demandantes apelaron después de que el Tribunal del Distrito de Tokio rechazara su demanda de indemnización por daños y perjuicios en noviembre de 2022 y habían instado al tribunal superior a que declarara claramente que no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional.

La batalla judicial en torno al matrimonio homosexual se está llevando a cabo con base a dos artículos de la Carta Magna de Japón.

Los demandantes basan sus denuncias en el artículo 14, que estipula la igualdad ante la ley y la no discriminación en las relaciones políticas, económicas o sociales por razones de raza, credo, sexo, condición social u origen.

El Gobierno sostiene que la Constitución no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo y por ello su postura se mantiene en la constitucionalidad, pues su artículo 24 define el matrimonio "basado únicamente en el consentimiento mutuo de ambos sexos", entendiendo que solo puede ser entre un varón y una mujer.

Entre 2021 y 2024 se han emitido cerca de una decena de sentencias de primera instancia sobre el asunto, la mayor parte de ellas apuntaban que esta falta de reconocimiento en las uniones homosexuales es inconstitucional o bien vulnera los derechos recogidos en la Carta Magna.

En el primer fallo de un tribunal superior a principios de este año, el Tribunal Superior de Sapporo (norte) dijo que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en el país es inconstitucional, confirmando el fallo de un tribunal inferior en 2021.

Ninguno de los tribunales ha aceptado, no obstante, proporcionar una compensación económica por daños a los demandantes.

Japón sigue siendo el único país del Grupo de los Siete que no ha legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo ni las uniones civiles, a pesar de la creciente presión de la comunidad LGTB en el país asiático. EFE

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