Diputados paraguayos elevan a delito y con penas hasta 6 años de cárcel el maltrato animal

La Cámara de Diputados de Paraguay aprueba la reforma legal que tipifica el maltrato animal como delito, con penas de hasta seis años de prisión y restricciones para poseer mascotas

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Asunción, 15 oct (EFE).- La Cámara de Diputados de Paraguay aprobó este martes un proyecto de ley que elevó a "hecho punible" (delito) con penas de hasta seis años de cárcel el maltrato animal, cuatro años más que la sanción actual.

"¡Paraguay es animalero!", publicó en X el titular de la Cámara Baja, el oficialista Raúl Latorre, quien celebró la aprobación del "proyecto de ley de aumento de penas por maltrato animal".

En una sesión extraordinaria, que contó con la presencia de varias mascotas, los diputados sancionaron el proyecto de ley "Que modifica los artículos 32 y 38 de la Ley 4840/2013, de protección y bienestar animal, modificado por la Ley 5.892/2017".

Para su entrada en vigor, la norma, que recibió el aval del Senado en agosto pasado, deberá ser promulgada por el presidente del país, Santiago Peña.

En concreto, la propuesta de ley considera delitos "contra la protección y bienestar animal" el sacrificio de animales, los malos tratos y agresiones físicas o psíquicas crueles, el abandono, las operaciones o intervenciones quirúrgicas en contravención a la ley, la cría y comercialización sin licencias y permisos.

También se tipifica como delito el suministrarle drogas, fármacos o alimentos que contengan sustancias que puedan ocasionar sufrimiento o graves trastornos a los animales, la utilización de éstos en espectáculos, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o maltrato, o que se les incite a atacar personas u otros animales.

Estos hechos serán "castigados con pena privativa de libertad de hasta seis años" y en el caso de que el animal considerado mascota resulte muerto, se impondrá "la prohibición de adquirir o poseer mascotas por un plazo que podrá ser de hasta diez años".

El proyecto de ley abarca igualmente infracciones leves, como no disponer de las fichas clínicas de los animales objeto de vacunación o tratamiento obligatorio, y graves, entre ellas la no vacunación o la no realización de tratamientos obligatorios para los animales de compañía. EFE

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