La parada que el avión de la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez, hizo en el aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid-Barajas el 20 de enero de 2020 fue analizada por el Tribunal Supremo (TS) y los juzgados madrileños desde el prisma de la normativa comunitaria que prohibía la entrada al espacio Schengen de personas sancionadas por la UE, llevando a la Justicia a archivar el caso de forma provisional, lo que dejó abierta la posibilidad de reactivarlo si surgían nuevos indicios.
Los hechos se remontan a la madrugada del 20 de enero, cuando el Falcon 900LX en el que viajaban el entonces ministro de Turismo de Venezuela, Félix Plasencia, que en esos días visitaría FITUR, y Rodríguez estacionó en el pabellón previsto para vuelos privados de la Terminal 1, procedente de Caracas.
Según fuentes policiales consultadas por Europa Press en su día, Rodríguez pasó la noche junto a su equipo en la sala ejecutiva o sala VIP de la terminal privada de Barajas y a la mañana siguiente fueron a la Terminal 4 para coger un vuelo comercial rumbo a Dubái.
El entonces ministro de Transportes, José Luis Ábalos, que primero negó cualquier reunión con Rodríguez en el aeródromo madrileño, acabó explicando que esa noche acudió a Barajas por indicación del ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, para recordar a la dirigente venezolana que no podía pisar suelo español al estar sancionada por la UE.
Los hechos fueron denunciados por PP, Vox y otro partido político, Laócratas, y empezaron a investigarse ese 2 de febrero en el Juzgado de Instrucción Número 31 de Madrid, a cargo de Antonio Serrano-Arnal, como presuntos delitos de prevaricación, desobediencia, usurpación de funciones y omisión del deber de perseguir delitos cometidos por parte de los funcionarios que permitieron la entrada de Rodríguez y del entonces asesor de Ábalos, Koldo García, que le acompañó esa noche.
Nueve meses después, el 9 de noviembre, el juez instructor archivó provisionalmente la causa, decisión que fue ratificada por la Audiencia Provincial de Madrid el 26 marzo de 2021, al considerar que no se llegaron a violar las sanciones europeas que prohibían la entrada de Rodríguez en el espacio Schengen.
Serrano-Arnal explicó en su auto de archivo que Rodríguez permaneció "en todo momento" en "la zona de tránsito internacional", sin constar indicios de que "intentase acceder a territorio nacional", "no dándose por tanto los supuestos de entrada y, mucho menos, tránsito que requiere la norma comunitaria".
En este sentido, indicó que "tanto la zona denominada VIP" como "las pistas de aterrizaje donde se dice que permaneció la dignataria venezolana en el interior del avión que la había transportado desde su país de origen, la zona de embarque de la Terminal 4 desde donde se dice que embarcó con destino Dubái y los espacios que conectan ambas tienen consideración de zona de tránsito internacional, sin que su permanencia en las mismas tenga la consideración de acceso al territorio nacional".
Descartada por tanto la transgresión a suelo español y, violación alguna de la normativa europea, el magistrado descartó igualmente que los funcionarios encargados de velar por el cumplimiento y la aplicación de las normas reguladoras de la entrada a España cometieran delito. Respecto a Koldo, señaló que, al no ser funcionario público, solo se le podía acusar de desobediencia, pero también lo descartó al entender que su negativa a identificarse ante un vigilante jurado esa noche no constituye infracción penal.
LAS QUERELLAS EN EL SUPREMO
Laócratas y Vox también se dirigieron al TS en febrero de 2020 para pedir que investigara a Ábalos --entonces aforado en esta sede judicial por su condición de ministro-- por los mismos delitos denunciados ante los juzgados madrileños.
En este caso, la Sala de lo Penal, en un auto del 26 de noviembre de 2020 ponencia del magisrado Manuel Marchena, sí consideró "fuera de toda duda" que Rodríguez violó las sanciones europeas porque entró en territorio nacional "desde el momento en que la aeronave sobrevoló espacio aéreo español".
Pese a discrepar en este punto de Serrano-Arnal, el Supremo coincidió en que violar una decisión de política europea de seguridad común no es constitutiva de un delito de prevaricación imputable a "la autoridad nacional que haya, en su caso, consentido esa infracción".
La Sala Segunda argumentó que controlar el cumplimiento de las sanciones europeas es "una obligación de marcado carácter político cuyo incumplimiento no admite otra responsabilidad que la que se dirime en ese ámbito".
Así las cosas, el Supremo inadmitió las querellas contra Ábalos, semanas después de que el juzgado madrileño acordara el sobreseimiento provisional del caso, lo que implica que puede reabrirse si aparecen indicios nuevos.
PRUEBAS GUARDADAS
Este mismo viernes, el líder de Vox en Bruselas, Jorge Buxadé, ha anunciado que su partido pedirá la reapertura del bautizado como 'Delcygate' en base al informe que la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) ha emitido esta semana en el marco del 'caso Koldo'.
La denuncia que formule Vox podría recaer en el mismo juzgado, el de Serrano-Arnal, o en otro distinto dependiendo de si se refiere a los mismos hechos o a otros distintos, respectivamente.
Una de las pruebas clave son las grabaciones registradas esa madrugada por las cámaras de seguridad de Barajas. Aunque en un principio Serrano-Arnal ordenó destruirlas junto a las demás pruebas, finalmente acordó darles la condición de piezas de convicción, por lo que están guardadas en el almacén de efectos jurídicos de los juzgados de Plaza de Castilla, según informó Vozpópuli y han confirmado fuentes jurídicas a Europa Press.
El citado informe, al que ha tenido acceso esta agencia de noticias, sitúa el empresario Víctor de Aldama como nexo entre la presunta trama para cobrar comisiones a cambio de la venta de material sanitario en plena pandemia de coronavirus y la polémica visita de la mandataria caribeña.
DE ALDAMA, NEXO DE AMBOS CASOS
La UCO destaca la relación de De Aldama con "personalidades del más alto nivel político, empresarial y social" de Venezuela. Así, sostiene que ejerció de intermediario para el Gobierno venezolano en varios asuntos, incluidas las gestiones para el cobro de la deuda con Globalia, la compraventa de oro y la visita de Rodríguez a España.
Sobre esto último, la UCO indica que dicha visita se gestó en el marco de las conversaciones sobre la compraventa de oro por el "interés" de De Aldama en fomentar la "relación de complicidad" con Rodríguez. La Guardia Civil concluye que el empresario orquestó el viaje, llegando a escribir una invitación como si fuera Ábalos para impulsar, entre otras cosas, las relaciones comerciales.
El informe de la UCO recoge una captura de pantalla de un mensaje de WhatsApp que Ábalos envió al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, donde le informaba de que Rodríguez venía "en privado" a España para verle "discretamente" como continuación del encuentro que el hoy diputado tuvo con el entonces ministro de Comunicación venezolano y hermano de Delcy, Jorge Rodríguez.
Ábalos, que envío la captura de pantalla de esa conversación a Koldo, destacó a Sánchez que la gestión realizada "en favor de las empresas españolas" había permitido que Duro Felguera cobrara "una importante deuda", si bien la UCO aclara que no hay constancia de que fuera así.
El que fuera ministro de Transportes también trasladó a Koldo que, si bien Sánchez no le había dicho "nada" respecto al futuro encuentro con la vicepresidenta venezolana, tampoco había puesto "pegas", algo que la UCO interpreta como que "obtuvo el beneplácito del presidente del Gobierno".