El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado este martes a Chipre por impedir la entrada de dos refugiados sirios que querían pedir asilo y deportarlos en cambio a Líbano, al entender que en ningún momento las autoridades chipriotas valoraron la situación concreta de estas dos personas ni el riesgo al que podían exponerlos si los devolvían a su lugar de origen. Los jueces han examinado el caso de M.A. y Z.R, dos primos sirios que inicialmente se habían refugiado en Líbano para escapar de la guerra en su país. Cuatro años después, y ante el temor a una deportación forzosa a Siria, decidieron emprender su camino hacia Europa, para lo cual pagaron 2.500 dólares a cambio de poder embarcarse en septiembre de 2020 junto a unas 30 personas en una patera. Llegaron a aguas chipriotas, donde las autoridades locales les dejaron claro ya desde un primer momento que no les permitirán entrar y que deberían volver a Líbano, en virtud de una reforma que supuestamente impedía el desembarco. Sin embargo, los migrantes también plantearon a través de un intérprete que querían pedir asilo y explicaron su historial personal. Según consta en el dictamen del TEDH, las autoridades les hicieron creer que finalmente sí podrían entrar en Chipre pero el barco que teóricamente debía haberles llevado a tierras chipriotas les terminó devolviendo a Líbano, junto a otras personas. En este país quedaron a disposición de la Policía, que les detuvo y les interrogó hasta dejarlos más tarde en libertad. El tribunal ha concluido que, al no examinar las peticiones de asilo y efectuar en cambio una deportación sin determinar si podía haber persecución, Chipre violó hasta cuatro artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos, entre ellos los que prohíben un trato degradante y la expulsión colectiva de migrantes. Por ello, condena al Estado chipriota a pagar 22.000 euros a cada demandante, así como a hacerse cargo de las costas, que ascienden a otros 4.700 euros.