El TJUE dice que es competente sobre ciertas acciones de la Política Exterior de la UE

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Bruselas, 10 sep (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) afirmó este martes que es competente para apreciar la legalidad de los actos u omisiones en el ámbito de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) que no estén directamente relacionadas con elecciones políticas o estratégicas.

La corte, con sede en Luxemburgo, abordó el caso de dos personas que perdieron a miembros de sus familias en 1999 durante el conflicto en Kosovo, cuyos asesinatos y desapariciones no fueron esclarecidos.

Posteriormente, se asignó la investigación de esos delitos a la misión civil que la UE creó para la antigua provincia serbia en 2008, la EULEX Kosovo.

En cambio, las dos personas consideraron que la misión no hizo su labor adecuadamente en la investigación de los delitos contra sus familiares, por lo que invocaron la vulneración de sus derechos fundamentales y solicitaron una indemnización ante el Tribunal General de la UE.

Esta corte europea de primera instancia desestimó no obstante la solicitud al creer que carecía de competencia para conocer del asunto.

Tras esa decisión, los dos particulares y también la Comisión Europea interpusieron un recurso de casación contra la resolución del Tribunal General.

En su sentencia de hoy, el TJUE anuló parcialmente el último auto del Tribunal General.

Afirmó que la invocación de violaciones de derechos fundamentales no justifica, por sí sola, que los tribunales de la Unión se declaren competentes en materia de la Política Exterior comunitaria.

No obstante, precisó que la limitación de su competencia no es incompatible con el derecho a la tutela judicial efectiva que garantiza el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH).

Según argumentó, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido las limitaciones constitucionales de las competencias de los tribunales de un Estado sobre actos que no puedan desligarse del desarrollo de sus relaciones internacionales.

Así, interpretando los Tratados a la luz del derecho a la tutela judicial efectiva y de los principios del Estado de Derecho, el TJUE declaró que es competente para apreciar la legalidad de los actos u omisiones del ámbito de la PESC que no tengan relación directa con elecciones políticas o estratégicas, o para interpretarlos.

En este caso concreto, indicó que la capacidad de la misión EULEX Kosovo para contratar personal constituye un acto de gestión corriente que se encuadra en la ejecución del mandato de la operación.

Así, las decisiones de la EULEX Kosovo sobre la elección del personal que contrata no están directamente relacionadas con las elecciones políticas o estratégicas efectuadas por dicha misión en el marco de la PESC.

En cambio, consideró que los medios puestos a disposición de la EULEX Kosovo y la decisión de revocar el mandato ejecutivo de esta misión están directamente relacionados con elecciones políticas o estratégicas, de manera que el Tribunal General no erró al declararse incompetente para conocer de esa parte del recurso interpuesto por los ciudadanos kosovares. EFE

rja/cat/alf

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