FundéuRAE: “se puede(n)”, “se debe(n)”, concordancia

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Madrid, 5 sep (EFE). Las estructuras que incluyen el pronombre “se”, la perífrasis “poder/deber” + infinitivo y un sustantivo en plural ofrecen dudas a la hora de utilizar el singular y el plural en el verbo (¿“Se puede pintar las paredes” o “Se pueden pintar las paredes”?, ¿“Se deberá saludar a los invitados” o “Se deberán saludar a los invitados”?), por lo que la Fundación del Español Urgente (FundéuRAE), promovida por la Agencia EFE y la RAE, da a continuación una serie de claves al respecto.

1. Si el sustantivo es de persona sin determinante y sin preposición “a”, el verbo en pluralEn estas oraciones (llamadas pasivas reflejas), el sustantivo forma parte del sujeto y lo adecuado, en consecuencia, es que este concuerde con el verbo en plural: “Se pueden contratar actores”, “Se deben buscar nuevos maquinistas”.

2. Si el sustantivo es de persona con determinante y con preposición “a”, el verbo en singularCuando el sustantivo de persona va precedido por “a”, no se trata del sujeto y lo apropiado es que el verbo vaya en singular (como impersonal refleja): “Se puede contratar a estos actores”, “Se debió escuchar a los maquinistas”. Así pues, son adecuadas tanto “Se pueden contratar actores” como “Se puede contratar a estos actores”, pero no “Se pueden contratar a estos actores”.

3. Si el sustantivo es de cosa, el verbo en plural o en singularSi el sustantivo no es de persona, lo más normal y general es entender que se trata del sujeto, por lo que lo indicado es que el verbo vaya en plural: “Se debieron respetar las normas”, “Estos comentarios se deben evitar”, “Se pueden explicar los apartados pormenorizadamente”.

No obstante, como explica el “Diccionario panhispánico de dudas”, en algunas zonas se está extendiendo otro tipo de estructura (llamada impersonal refleja). Estas oraciones se usan con el verbo en singular: “Se debe rellenar los formularios”, “Se puede pintar las paredes”. Al no ser una oración pasiva, puede haber un complemento directo: “Se los debe rellenar” (los formularios), “Se las puede pintar” (las paredes).

4. ¿Dónde va el pronombre “se”?En los ejemplos anteriores, el pronombre “se” aparece antepuesto a los verbos auxiliares “poder” y “deber”, pero es igualmente válido posponerlo y añadirlo al verbo que aparece en infinitivo, como norma general: “Se pueden contratar actores” y “Pueden contratarse actores”, “Estos comentarios se deben evitar” y “Estos comentarios deben evitarse”, etc.

5. En resumen...Ante la duda, en este tipo de estructuras con “se”, la perífrasis “poder/deber” + infinitivo y un sustantivo plural, el verbo en plural es adecuado, salvo si se incluye la preposición “a”, caso en el que lo indicado es el singular.

La FundéuRAE (www.fundeu.es), promovida por la Agencia EFE y la Real Academia Española (RAE), tiene como principal objetivo el buen uso del español en los medios de comunicación.

feu/lml

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