Constitucional italiano desestima cambio de género en el acta de nacimiento y pide una ley

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Roma, 23 jul (EFE).- El Tribunal Constitucional italiano pidió este martes una ley para poder introducir el género no binario en la partida de nacimiento, después de desestimar la petición de una persona transexual que solicitó cambiarlo de "femenino" a "otro" en Bolzano (Trentino Alto Adige, norte).

La sentencia del Constitucional, al que recurrió el Tribunal de Bolzano tras la petición de cambio de género, subraya que la caracterización binaria (hombre-mujer) informa, entre otros aspectos, "sobre la familia, el trabajo, el deporte, el estado civil, el nombre, y la conformación de los lugares de contacto, como cárceles u hospitales".

"La eventual introducción de un tercer tipo de estado civil tendría un impacto general, que supone necesariamente una intervención legislativa del sistema, en los diversos sectores del ordenamiento y para los numerosos institutos actualmente regulados con lógica binaria", dice el Constitucional en un comunicado.

El Tribunal de Bolzano planteó dos cuestiones de constitucionalidad sobre el caso de una persona no binaria del sur del Tirol que estudia en Austria y quien solicitaba el reconocimiento legal de su género no binario en Italia, tal y como se hace en otros países.

La primera cuestión se refería a la imposibilidad, según la ley italiana, de atribuir una tercera opción a una persona que no se identifica ni en el sexo masculino ni en el femenino, mientras que la segunda protestaba por la obligación de las personas trans de obtener una sentencia para efectuar tratamientos médicos en su cuerpo.

Pese a su desestimación, el Constitucional matiza que "la percepción del individuo de no pertenecer ni al sexo femenino, ni al masculino (...) genera una situación de incomodidad significativa respecto al principio personalista al que el ordenamiento constitucional reconoce la centralidad".

"En la medida en que pueda inducir a desigualdades de trato o comprometer el bienestar psicofísico de la persona, esta condición puede igualmente plantear un tema de respeto a la dignidad social y de protección de la salud", manifestó.

Estas consideraciones "junto con las indicaciones del derecho comparado y de la Unión Europea, ponen la condición no binaria a la atención del legislador, primer intérprete de la sensibilidad social", concluyó el Tribunal.

El Constitucional declaró la ilegalidad de un apartado de una ley de 2011 donde se prescribe la autorización de un tribunal para el tratamiento médico-quirúrgico de las personas que se someten a un cambio de sexo.

"Incluso si las modificaciones ya realizadas son consideradas por el mismo tribunal suficientes para la aceptación de la solicitud de rectificación de atribución de género", añade.

Y dado que el proceso de transición de género "ya puede llevarse a cabo (...) sin intervención quirúrgica de adaptación", la exigencia de una autorización judicial para efectuar el cambio de género supone una "flagrante irracionabilidad" ya que se refiere a un tratamiento que "en todo caso tendría lugar después de la rectificación" en los documentos. EFE

mas/mr/jam

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