El Comité Europeo de Derechos Sociales falla contra la indemnización por despido improcedente en España

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El Comité Europeo de Derechos Sociales ha emitido una resolución, que hará pública el próximo lunes 29 de julio, en la que falla contra la regulación española de las indemnizaciones por despido improcedente, ya que "viola" el artículo 24 de la Carta Social Europea, según ha adelantado el sindicato UGT. Según ha trasladado el sindicato en rueda de prensa, que denunció el actual sistema de despido en España, las indemnizaciones medias en el país por un despido injusto está alrededor de 9.000 euros. "Esto no tiene ningún carácter ni disuasivo ningún carácter restaurador. Extinguir un contrato de trabajo sale demasiado fácil", ha denunciado el vicesecretario general de política sindical de UGT, Fernando Luján. Desde UGT han insistido en que España debe ser "respetuoso" con lo que dice el Comité Europeo de Derechos Sociales, que es que una indemnización por despido improcedente tenga dos requisitos: Un carácter disuasorio, es decir, "que no le merezca la pena al empresario incumplidor saltarse la ley", y un carácter resarcitorio. Por ello, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha reclamado en rueda de prensa que, tras conocer la resolución el día 29, Gobierno, sindicatos y patronal se sienten a analizar una adaptación a la legislación española de este fallo que permita dar cumplimiento al mismo. "No hay ningún lugar a dudas de que la sentencia es de carácter vinculante", ha remarcado. Para Álvarez se podría hablar de recuperar los 45 días por año trabajado que se derogaron en el año 12 --en lugar de los 33 actuales-- o de otras cuestiones que tengan que ver con el finiquito o de los "abusos" durante el periodo de prueba. "Es una resolución justa, que aporta igualdad, que aporta justicia y que nos va a permitir el poder ir avanzando en ese camino de la estabilidad", ha remarcado Álvarez.

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