Redondo reclama por carta a las CCAA que hagan efectivas las ayudas a víctimas de violencias sexuales "lo antes posible"

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La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha enviado una carta a los responsables autonómicos del ramo para que regulen el procedimiento para hacer efectivas las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales "lo antes posible". Así lo ha dado a conocer este martes el departamento que lidera Ana Redondo, que ha precisado que se trata de las ayudas recogidas en la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual (LOGILS) y que regula el Real Decreto aprobado el pasado martes en Consejo de Ministros, y publicado en el BOE del pasado 10 de julio. En este contexto, Igualdad ha recordado que la regulación del procedimiento de concesión de estas ayudas sociales, así como su ejecución, es competencia de las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla. Para recibir las ayudas, según ha indicado, se debe acreditar la condición de víctima de violencia sexual e insuficiencia de medios económicos. "El objetivo es garantizar la autonomía económica de las víctimas y facilitar así su recuperación integral", ha apostillado. En relación con el sistema de acreditación de violencia sexual, Ana Redondo también ha traslado la intención de crear "un Grupo de Trabajo para que elabore y diseñe una propuesta de acuerdo, que incluya los medios acreditativos, y que se someterá a aprobación en el seno de la Conferencia Sectorial de Igualdad". El Real Decreto establece que la condición de víctima de violencia sexual se podrá acreditar más allá del ámbito estrictamente judicial: con una sentencia condenatoria, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar; un informe del Ministerio Fiscal; un informe de los servicios sociales; un informe de servicios especializados en igualdad y contra la violencia de género; un informe de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencias sexuales de la administración pública competente o de la Inspección de Trabajo así como de la Seguridad Social y una sentencia de la jurisdicción de lo social. En el caso de las víctimas de trata, ha puntualizado que bastará con una acreditación de los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas. Por otra parte, en cuanto a los menores de edad, también será posible acreditar la situación de víctima de violencia sexual con documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial. UMBRAL DE RENTA El umbral de renta para poder beneficiarse de las ayudas dependerá en cada caso de la situación de la víctima. Será de un mínimo equivalente a seis mensualidades del subsidio por desempleo y se podrá aumentar dependiendo de las responsabilidades familiares de la víctima o de si está en situación de discapacidad. La ayuda se abonará en un pago único o en seis mensualidades. Las víctimas contarán con un periodo de 5 años para poder solicitar la ayuda y ésta se podrá pedir en diferentes ocasiones a lo largo de la vida si se vuelve a ser víctima de violencia sexual. Finalmente, ha subrayado que el coste de las ayudas irá a cargo del Estado, que se lo reembolsará a las comunidades autónomas, responsables de la tramitación y el abono de las mismas a las víctimas.

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