Gobierno de Perú lleva a tribunal ley que pide la devolución billonaria de fondo

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Vista del interior del Congreso
Vista del interior del Congreso en Lima (Perú). EFE/ Paolo Aguilar/Archivo

Lima, 26 may (EFE).- La procuraduría pública del Gobierno peruano presentó una demanda de inconstitucionalidad contra una ley, aprobada por el Congreso, que exige la devolución de aportes de trabajadores y empresas a un fondo de vivienda desactivado en 1998, que significaría entregar casi 995 billones de dólares.
Tal como lo anticipó el ministro de Economía, Waldo Mendoza, la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, en representación del Ejecutivo, presentó la demanda ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la ley 31173, que establece medidas para la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).
La demanda presentada por el procurador Luis Huerta estima que el monto que tendría que destinarse para el cumplimiento de la devolución prevista en la referida norma, según cálculos oficiales, asciende a 3.835 billones de soles.
Esta cifra equivale a casi 995 billones de dólares al tipo de cambio actual, según precisó a Efe un portavoz del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Fonavi estuvo vigente entre 1979 y 1998 con los aportes de los trabajadores con el fin de acceder a una vivienda, pero tras su disolución hubo diversas iniciativas ciudadanas para pedir y lograr la devolución de los aportes hechos por los trabajadores cesados o jubilados.
El actual Congreso aprobó por insistencia la nueva ley que determina la devolución de aportes al Fonavi, a pesar de la oposición del Ejecutivo porque esta iniciativa incluye intereses, la inflación y tasas acumuladas de las contribuciones del Estado y los empleadores desde su vigencia hasta la fecha.
"Haciendo los cálculos lo que debería devolver el Estado es casi 50 veces el PIB de China, es una suma impagable", expresó Mendoza sobre esta norma en una rueda de prensa ofrecida a inicios de este mes.
El ministro reiteró que el Congreso no tiene iniciativa de gasto, razón por la cual sustentan su inconstitucionalidad, y que, si se ejecuta, los Gobiernos del futuro "no van a poder operar, no podrán pagarla ni en 500 años".
Por su parte, el procurador Huerta, especializado en materia constitucional, señaló que "esta ley vulnera las competencias del Poder Ejecutivo en materia de administración de la Hacienda Pública, el principio de equilibrio presupuestal y la prohibición de iniciativa de gasto por parte de los congresistas".
Huerta agregó que "la ley 31173 fue emitida al margen de la coordinación que debe existir entre el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo para expedir normas sobre la devolución de los aportes al FONAVI, tal como lo sostuvo el Tribunal Constitucional en un fallo sobre la materia de 2018".
En tal sentido, el Ejecutivo dejó en manos del Constitucional la decisión de pronunciarse sobre la admisibilidad de la demanda y, de ser el caso, enviarla al Congreso para que responda.
El ministro de Economía anticipó que también se planteará la inconstitucionalidad de otra ley promulgada por el Legislativo sobre la negociación colectiva en el sector público, al considerar que ambas normas son "grandes amenazas para las finanzas públicas para los futuros Gobiernos".

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