En un giro copernicano respecto a su doctrina, la Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH) exculpó este jueves a España de la "devolución en caliente" de dos migrantes que habían entrado al país por "la fuerza" en una decisión muy criticada por oenegés.
El gobierno del socialista Pedro Sánchez, en el poder desde junio de 2018, "acata y respeta" las decisiones judiciales, indicó simplemente un portavoz del ministerio del Interior, en un momento en el que la decisión de la Corte fue muy criticada en España por las organizaciones de defensa de los derechos humanos.
Esta decisión sorpresiva de la Gran Sala de la CEDH, su instancia más elevada cuyas decisiones son definitivas, es contraria a la emitida por una de las salas de la jurisdicción paneuropea el 3 de octubre de 2017.
En esa primera sentencia, la sala había condenado a Madrid por haber devuelto ("en caliente") colectivamente y sin mediar una decisión administrativa o judicial a los dos hombres, un maliense y otro marfileño, que habían entrado en agosto de 2014 en su enclave de Melilla al norte de Marruecos.
Esta ciudad junto al otro enclave español al norte de Marruecos, Ceuta, constituyen las únicas fronteras terrestres entre África y Europa, que cientos de hombres y mujeres intentan franquear cada año.
Para hacerlo trepan más de seis metros de altura, coronados en algunas zonas por alambres de púas y cuchillas filosas, que el actual gobierno socialista empezó recientemente a retirar tras las denuncias de las oenegés por las heridas y cortes que provocan.
En el caso de los dos denunciantes, fueron detenidos por la policía española tras haber saltado la valla fronteriza que separa Marruecos de Melilla en una acción con otras decenas de migrantes.
Los dos hombres estimaban haber sido objeto de una expulsión colectiva "sin examen individual y en ausencia de todo procedimiento y asistencia jurídica". Denunciaban, además, que España mantenía una política sistemática de expulsión de migrantes sin identificación previa.
- "Consecuencia de su propio comportamiento" -
En octubre de 2017, una sala de la CEDH había fallado a su favor, reprochando a Madrid la práctica de devoluciones en caliente, avalada por una ley del ejecutivo conservador del 2014 y criticada regularmente por las asociaciones de ayuda a los migrantes.
Antes de llegar al gobierno en junio de 2018, el socialista Pedro Sánchez se había comprometido a terminar con estas prácticas pero, por ahora, la ley no ha sido reformada.
La Gran sala, sin embargo, argumentó este jueves que los dos demandantes "asumieron una situación ilegal (...) franqueando el dispositivo de protección de la frontera de Melilla, en lugares no autorizados y en medio de un grupo numeroso, aprovechando el efecto de masa y utilizando la fuerza" en una maniobra "previamente organizada".
Este giro fue calificado por Amnistía Internacional como un "golpe a los derechos de refugiados y migrantes" que deben "tener acceso a los procedimientos de asilo y a recurrir cualquier decisión, sin importar cómo han entrado al país".
Pero en la argumentación de la CEDH, esta insiste en que el derecho español ofrece "numerosas posibilidades para solicitar su admisión legal", pidiendo un visado o protección internacional.
Los demandantes "decidieron no utilizar" estas vías, subraya este tribunal con sede en Estrasburgo (Francia), que estima que "ellos mismos se pusieron en peligro participando en el asalto".
"La ausencia de una decisión de expulsión individual" y su devolución en caliente se justifica por "no haber utilizado los procedimientos de entrada oficiales existentes a estos efectos". "Por lo tanto, se trata de la consecuencia de su propio comportamiento", prosigue la CEDH.
- "Tremendamente peligroso" -
Por todo ello, la sala compuesta por 17 magistrados concluyó "por unanimidad" que no existió una violación de los artículos 4 del Protocolo Nº 4 (prohibición de expulsiones colectivas) y 13 (derecho a un recurso efectivo) de la Convención Europea de Derechos Humanos.
El abogado Gonzalo Boye, que representaba a uno de los migrantes, tildó la sentencia de "insostenible", sustentada en un argumento "tremendamente peligroso y grave".
Los jueces "asientan una doctrina que se podría resumir en que cualquier persona que se pone fuera del marco legal deja de ser sujeto de los derechos reconocidos por la Convención" de Derechos Humanos, dijo en una rueda de prensa en Madrid.
En un comunicado, la oenegé española CEAR aseguró que desde que se creó el puesto fronterizo de Melilla, "ninguna persona de origen subsahariano ha podido acceder" para solicitar asilo.
"Actualmente, muchas personas -especialmente subsaharianas- son expulsadas de forma colectiva de nuestro país sin recibir asistencia de un intérprete o de un abogado y sin tener la posibilidad efectiva de solicitar asilo", afirmó.
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