Un juez prohibió "toda actividad comercial de baile con música" en la Ciudad

Roberto Gallardo dispuso la medida ante el "cuadro de impunidad e inexistencia de control estatal respecto de la actividad nocturna" tras la tragedia de Time Warp

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El juez en lo contencioso, administrativo y tributario de la ciudad de Buenos Aires Roberto Andrés Gallardo prohibió en la Capital Federal "toda actividad comercial de baile con música en vivo o música grabada", "cualquiera resulte la forma jurídica o categoría habilitatoria bajo la cual la misma se estuviere ejecutando", al hacer lugar a un pedido de un grupo de entidades y ONG.


El magistrado basó su medida en el "cuadro de impunidad e inexistencia de control estatal respecto de la actividad nocturna" ante la tragedia de Time Warp en la que fallecieron cinco jóvenes durante esa fiesta electrónica.


La medida rige desde ayer a la noche y estará vigente hasta tanto el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta dé "cabal cumplimiento" a una serie de medidas, entre ellas la elaboración de un protocolo de actuación de los cuerpos de inspectores y de las fuerzas de seguridad para cumplir con la prohibición de venta de drogas dentro de los boliches y las fiestas. El juez también dispuso que el gobierno dé a conocer públicamente la resolución a través de su pagina web y de los medios de comunicación masiva.




La causa fue iniciada por la Asociación Civil Vientos de Libertad, por la Federación Argentina de Cartoneros y Recicladores y por la Federación Universitaria de Buenos Aires ante la falta de controles por parte del gobierno porteño sobre la actividad nocturna y específicamente sobre la venta de drogas.

"Es habitual todos los jueves, viernes y sábados que en la mayoría de los locales de la Ciudad de Buenos Aires se puedan adquirir estupefacientes en los vips, en los baños o en las propias pistas, donde se paran dealers o deambulan a la vista de todos los asistentes", señala la presentación que retoma la tragedia de "Time Warp" en la que están imputados penalmente sus organizadores, personas de Prefectura Naval e inspectores de la ciudad por permitir la venta de droga dentro del complejo Costa Salguero, donde se realizó.

Sostuvieron que la Agencia de Control Comunal tiene solamente 79 inspectores para todos los locales en la ciudad y que en la fiesta "Time Warp" había solamente tres para 20.500 personas. Agregaron que es "urgente" impedir que continúen estás situaciones de "riesgo constante".

El juez Gallardo sostuvo en su resolución que de 14 locales bailables nombrados en la demanda, "4 realizan bailes sin estar habilitados a tal fin, 1 realiza la misma actividad con la actividad dada de baja, y los 9 restantes realizan bailes o fiestas con música electrónica".

"Frente a este cuadro de impunidad e inexistencia de control estatal respecto de la actividad nocturna, que provocó la muerte de cinco jóvenes, y luego de transcurridos más de 10 días de la tragedia, el gobierno local no adoptó absolutamente ninguna medida que de forma concreta contribuya a prevenir o evitar que hechos como los ocurridos se repitan", criticó el magistrado.

Sostuvo que el gobierno solo envió a la Legislatura un proyecto para regular la actividad de las fiestas electrónicas. "Resulta muy difícil de comprender la actitud del titular del ejecutivo que frente a tamaño hecho se limita a verbalizar en un acto que no autorizará futuras fiestas electrónicas como las que ocasionaron las muertes de Costa Salguero, pero no recurre a ningún acto administrativo específico, verbigracia un decreto o una resolución", agrego Gallardo, que fue un juez que se enfrentó duramente al macrismo cuando gobernaba la ciudad por sus fallos.

Gallardo intervino como juez de turno y tras la decisión envió la causa a sorteo para que continúe el trámite del expediente. El nuevo magistrado es Sandro Fastman, informaron a este medio fuentes judiciales, quien ahora espera si el gobierno porteño apelará la resolución.

Qué medidas debe cumplir la Ciudad para que se levante la prohibición

1- Deberá dictar un acto administrativo para "establecer los extremos fácticos y jurídicos que justifiquen la distinción entre las fiestas electrónicas masivas y el resto de las actividades del mismo tenor".

2 - Deberá enviar a la Justicia un listado con las habilitaciones de locales clase C, casas para fiestas privadas y bares en el que se deberá indicar la capacidad de personas, fecha de la última habilitación otorgada y la última inspección realizada con el nombre de la persona que la hizo. Todo eso deberá estar publicado en la página web del gobierno.

4 - Deberá informarle a la justicia la cantidad de inspectores vigentes y de locales que deben inspeccionar y someter a una aprobación una readecuación de la planta de inspección junto con un cronograma y un plan de acción de corto y mediado plazo.
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