En la sesión del miércoles de la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación se puso a consideración de los legisladores la designación de los auditores generales faltantes de la Auditoría General de la Nación (AGN). Desde la última Asamblea Constituyente, la AGN, organismo externo de control dispuesto por el artículo 85 de nuestra Carta Magna, se encuentra a la espera de la sanción de una norma reglamentaria.
La reglamentación del artículo 85 de nuestra Constitución Nacional no sólo hubiera evitado discusiones vacías y debates judicializados, sino que podría contemplar mecanismos transparentes y democráticos de designación de cargos, tales como declaraciones juradas, currículum y procesos de recepción de apoyos e impugnaciones, entre otros.
La reglamentación de la Ley Orgánica de la Auditoría General de la Nación le otorgaría al organismo la consolidación de su autonomía funcional, hoy inexistente.
La opinión técnica y el ejercicio independiente de la AGN son la base de la atribución del Poder Legislativo sobre el control político externo del sector público nacional, en sus aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, legales y de gestión. La ley 24156 de administración financiera, normativa vigente para el organismo, resulta insuficiente para el desarrollo de sus atribuciones, sus funciones y sus competencias.
Hoy son pocos los informes de la AGN que abandonan la oscuridad de los cajones. Para dejar de lamentar tragedias evitables, tenemos que avanzar en la aceptación política y social de la necesidad de tener buenos controles: en ellos se nos va la vida.
La AGN da la bienvenida a los nuevos auditores, pero no dejaremos de buscar un organismo que actúe como herramienta para un país que administre con eficiencia y transparencia sus recursos. La ley de la AGN es un deber del Congreso, no tenemos más excusas.