Esta figura legal está prevista en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación bajo el título de "Acción Meramente Declarativa".
Esta acción tiene por objeto obtener un pronunciamiento que elimine la falta de certeza sobre la existencia, eficacia e interpretación de una relación jurídica. La sentencia definitiva que se dicte en el marco de ese pedido tiene por finalidad la declaración de la existencia de un derecho.
Ese fallo elimina el estado de incertidumbre denunciado, es decir trae claridad y evita cualquier tipo de especulación o interpretación sobre determinada cuestión judiciable.
En el proceso de la acción declarativa hay dos partes en controversia, con un interés concreto actual, un perjuicio por la falta de certeza y la necesidad de tutela judicial.
Esta figura aplica en los casos en que se requiere -ante una fundada incertidumbre- una declaración oportuna que ponga fin a la inquietud provocada por la falta de certeza jurídica.