El trámite de nulidad del matrimonio eclesiástico será más ágil, simple y económico con la reforma aprobada por el papa Francisco, anunciada hoy y que introduce la sentencia única y la decisión directa del obispo en los casos más claros.
El Vaticano presentó hoy los dos motu proprio (documentos papales) llamados "Mitis Iudex Dominus Iesus" y "Mitis et misericors Iesus", en los que se explica la reforma para las causas de declaración de la nulidad matrimonial tanto en el código de derecho canónico y en el código de los cánones de las Iglesias orientales.
Una sola sentencia bastará para la anulación, y el trámite será gratuito
El Papa destaca en sus documentos la introducción de un proceso breve de nulidad, "para acercarse a los fieles que se alejan ante las estructuras jurídicas de la Iglesia a causa de las distancias física o moral".
En un motu proprio (carta papal), el pontífice decidió que una sola sentencia bastará para decretar la nulidad, en vez de las dos que se requerían hasta ahora. Asimismo, el trámite será gratuito para todos y más corto para los casos más evidentes.
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Aunque Francisco puntualiza que queda firme "el principio de que el matrimonio católico es indisoluble", explica que "la caridad y la misericordia exigen que la misma Iglesia como madre se haga cercana a los hijos que se sienten separados".
En el Sínodo de los obispos, celebrado en octubre del año pasado, se pidió y aprobó por mayoría procesos más rápidos y accesibles, recuerda el papa, y por ello ha querido "dar disposiciones que no favorezcan la nulidad, pero sí aceleren los procesos, y con justa sencillez".
Francisco puntualiza que queda firme "el principio de que el matrimonio católico es indisoluble"
La principal novedad es la introducción de una sola sentencia a favor de la nulidad ejecutiva, "y que no sea necesario una doble decisión a favor de la nulidad del matrimonio".
Hasta ahora, el Derecho Canónico exigía que cada causa fuese analizada por dos tribunales en instancias sucesivas, por lo que tras terminar una primera fase, un tribunal inmediatamente superior tenía que confirmar la de primera instancia para que la sentencia pudiese ser considerada en firme.
Además, la reforma de Francisco introduce el juez único bajo responsabilidad del obispo en el caso de que se realice el llamado proceso breve, ya que hasta ahora las causas de nulidad matrimonial se enjuiciaban, colegiadamente, por un turno de tres jueces.
Asimismo, se da la potestad al obispo para que se encargue de juzgar "los casos de nulidad más evidentes".
En la nueva redacción del canon 1763 coma 1 se explica que "en cada una de las diócesis, el juez en primera instancia para las causas de nulidad del matrimonio, para las que el derecho no contenga excepciones, es el obispo diocesano que puede ejercitar la potestad judicial personalmente o por medio de otros, a norma de derecho".
Francisco también introdujo instancias de apelación
El obispo constituirá para sus diócesis el tribunal diocesano para las causas de nulidad, agrega la reforma,
Francisco explica que un juicio breve puede "poner en riesgo el principio del que el matrimonio es indisoluble" y por tanto se ha introducido la posibilidad de "apelación", pero directamente a la sede metropolitana.
Además, el papa insta a que, excepción hecha de la justa y digna retribución de los empleados de los tribunales, "se garantice que el procedimiento sea gratuito".
También existirá la posibilidad de, si se desea, realizar el recurso de apelación a la sede apostólica, es decir al llamado Tribunal de la Rota Romana.
Apoyo y recelo
La reforma es vista con recelo por algunos conservadores que temen que se trate de la introducción de un divorcio católico disfrazado.
Varias celebridades obtuvieron la nulidad de su matrimonio, como la princesa Carolina de Mónaco con Philippe Junot en 1992, levantando críticas de que el procedimiento no era democrático.
En enero, el pontífice argentino admitió que los trámites eran "considerados a menudo largos y fatigosos". En varias ocasiones, abogó porque fueran gratuitos.
Algunos conservadores creen que la reforma equivale a un divorcio católico
Por otro lado, la falta de fe de los esposos podría ser considerada más a menudo como un motivo de nulidad, teniendo en cuenta que las parejas a veces pasan por la Iglesia bajo la presión social.
Aunque sea concedida más fácilmente, la nulidad del matrimonio no pone en entredicho la indisolubilidad del matrimonio católico, según los partidarios de la reforma.
Estos últimos consideran que, al contrario, el matrimonio, contraído sobre bases claramente definidas, se reforzará puesto que los esposos deberán prepararse debidamente y ser conscientes de a qué se comprometen.
Pero algunos conservadores creen que la reforma equivale a un divorcio católico contrario al dogma.
La Iglesia rechaza el divorcio y considera que unas segundas nupcias por lo civil suponen una infidelidad hacia el verdadero cónyuge.