Un divorcio, un caso de violencia de género, la cuota alimentaria, la situación laboral de una empleada doméstica, problemas con empresas de servicios que muchas veces exceden a Defensa al Consumidor, la situación laboral de una mujer ante un embarazo, una sucesión o un accidente de tránsito. O varias de esas situaciones juntas y para resolver con rapidez. Los conflictos legales suelen aparecer cuando menos los esperamos, y requieren de la asesoría legal inmediata para encontrar una solución.
Habitualmente, muchas mujeres dejan que la parte legal la maneje su marido u otro hombre de la familia. Lo hacen porque les resulta más sencillo o porque se tratan temas en los que pocas veces están dispuestas a involucrarse. Y si bien los conflictos legales parecen tomar su rumbo mientras ese hombre se encarga del tema, algunas mujeres descubren los malos manejos cuando se separan de sus maridos, y son ellas mismas las que deben tomar las riendas de la situación.
En ocasiones, aunque no haya habido equivocadas conducciones legales, la mujer suele sentirse desorientada en esta materia cuando la persona de confianza de la familia que revisaba ciertas cuestiones del derecho (su padre o su hermano, por ejemplo), por diversos motivos, ya no las puede manejar.
¿Qué debemos hacer cuando necesitamos abogados que intervengan en varias ramas del derecho? ¿Contratamos a distintos estudios jurídicos para cada caso particular? ¿Cuánto dinero tenemos que invertir para cada proceso legal? ¿A qué tipo abogado acudir y en qué materia debe ser especialista? Diego Cabral, abogado (matrícula 112633), enumeró algunas de las preguntas que se hacen las mujeres cuando, por una u otra razón, comienzan a encargarse de sus asuntos legales ellas mismas.
"Lo cierto es que, a veces, no cuentan con los recursos económicos o jurídicos para afrontar todas las situaciones a la vez, posponiendo y complicando más los temas. Y generando perjuicios, no sólo para ellas sino también para su entorno familiar más cercano, como sus familiares mayores a cargo o sus propios hijos", aseguró el letrado, para quien, "la solución ideal es que una misma empresa afronte de todos los conflictos legales que esa mujer presente, dándole curso y solución a cada uno, contando con profesionales que se ocupen de tanto del Derecho Laboral, Penal, Civil y Comercial como Administrativo".
Hoy en día, las mujeres pueden acceder a este servicio legal integral de forma prepaga, con distintos planes, para que los beneficios del derecho sean una cuestión posible para todas, en cualquier momento y en todas la áreas legales. Así, las mujeres que se ocupan de sus temas legales, actualmente cuentan con esta herramienta, que las acerca al derecho de una forma práctica, simple, unificadora y con resultados concretos en el corto plazo.
Denunciá la violencia de género
Cabral enumeró que después de que una mujer denuncia un hecho de violencia tiene los siguientes derechos:
* La prohibición del agresor de ingresar a su vivienda, espacio de trabajo o estudio, y lugares de esparcimiento (gimnasio, plazas o espacios públicos habituales).
* La fijación de un perímetro de exclusión.
* La fijación de una cuota alimentaria y tenencia provisoria.
* La restitución de sus efectos personales.
"Lo ideal es que, luego de la denuncia, mantenga todos sus sentidos más despiertos que nunca. Una vez que se notifique o se proceda a la detención del agresor, y en este caso pueda recuperar la libertad, la mujer evite quedarse sola. Además, es conveniente que frecuente sus lugares cotidianos, siempre acompañada", recomendó el especialista.
Los derechos de la embarazada
A la cotidiana pregunta de ¿qué contempla la ley ante el embarazo de una empleada?, Cabral detalló los siguientes:
A) Licencia de pre y postparto.
B) Conservación del empleo.
C) Estabilidad (referida a su empleo).
D) Descansos diarios por lactancia (al retomar sus actividades laborales, tiene 2 descansos diarios de media hora para amamantar a su hijo, por un período no superior a 1 año posterior al nacimiento, salvo recomendación de su médico).
E) Estado de excedencia: la mujer trabajadora que tiene un hijo, puede optar también por rescindir el contrato (renunciar al empleo), y entonces tiene derecho a que el empleador le pague el 25% de lo que le correspondería en caso de despido, por cada año de servicio (indemnización por antigüedad), como así también puede y tiene derecho a extender su reintegro al trabajo por un período de 6 meses (sin goce de sueldo); al final del cual se la reintegrará al trabajo o en caso de no ser admitida, será indemnizada como si se tratara de un despido injustificado.
Cabral destacó que "generalmente los empleadores prefieren abonar una indemnización y dejar de contar con los servicios de la empleada ya que no quieren tener a una trabajadora con tareas limitadas o de licencia, porque lo ven como un gasto sin sentido". Este es, habitualmente, el pensamiento de las empresas, debido a que deben abonar el sueldo a la empleada con licencia y el de su reemplazo. Esta postura se da mucho en las pymes.
"Si el empleador despide a una empleada por su embarazo, ella tiene derecho a la indemnización por despido común, sin causa que lo justifique, más la indemnización especial de 13 (trece) sueldos brutos (sin descuentos). Es decir, un año de sueldos, todos juntos", informó el letrado.
Con todo, las grandes compañías, en los últimos tiempos, mutaron esa postura para bien, y hasta extienden las licencias, otorgan aumentos de sueldo, recortan los horarios de trabajos, e incluso incorporan una nueva modalidad que es la de incrementar días de home office, para que la madre trabajadora pueda estar en el primer período del postparto junto a su bebé.