Como cualquier madre que se preocupa por sus hijos, una mujer quiso advertirles a los demás padres del colegio donde asisten sus hijos en San Juan sobre la sospechosa presencia de un individuo que merodeaba la zona y subió una foto de él en las redes sociales. El hombre se enteró de que su rostro circulaba en la web y la demandó. La mujer fue demorada porque cometió un delito al acusarlo sin pruebas y la Justicia determinará si deberá indemnizarlo o no.
El caso de Andrea Femía (39) reabrió la polémica de los límites de uso de las redes sociales e internet en lo que refiere a la imagen e integridad de terceros. Es que compartir en las redes sociales una denuncia contra una persona, publicar su nombre o su foto acusándola de algún delito conlleva una responsabilidad civil y penal, según resolvió el viernes pasado la justicia de faltas de la provincia de San Juan.
Orlando Heredia (45), un albañil desocupado, se enteró que su imagen circulaba en la web como posible secuestrador cuando su foto llegó al celular de sus hijos. El hombre explicó que cuando le tomaron la foto, él estaba esperando a su primo en la camioneta.
Cada vez más gente utiliza las redes sociales para denunciar abusos, maltratos, estafas, robos, entre otros delitos que muchas veces no tienen respuestas inmediatas por parte de la Policía o la Justicia. No obstante, según los especialistas, acusar sin pruebas no deja de ser un delito independientemente del medio por el que se denuncie.
Según explicó al diario La Nación Horacio Granero, presidente de la editorial de jurisprudencia El Dial y participante del proyecto de reforma del Código Penal sobre delitos informáticos, "Internet es un medio de difusión". "Cualquier persona que dañe la imagen de otra tiene que responder. Es probable que la proliferación de estas denuncias llegue por la inacción de las autoridades ante esos delitos. Sin embargo, esto no puede estar exento de la responsabilidad. Y los usuarios de las redes deben ser conscientes de que no pueden dañar el honor de una persona con una denuncia falsa. Porque en internet nada es gratuito ni anónimo", alertó.
El juez de la causa, Ricardo Grossi Colombo, fue quien ordenó seis días de arresto efectivo y una multa de $3000 a una mujer que subió a su Facebook fotos "ofensivas" junto a la estatua de Domingo Faustino Sarmiento en su casa natal. En este caso, consideró que publicar una foto sin pruebas fue una infracción al 113 del Código de Faltas de San Juan, que castiga "al que en lugar público o por medio de teléfonos o redes informáticas profiera insultos o cause molestias".
Raúl Martínez Fazzalari, abogado especialista en delitos informáticos, analizó en InfobaeTv lo sucedido: "Son casos que han crecido en los últimos años con el uso de las redes sociales. Existe muchísima conflictividad en cuanto a los contenidos que circulan libremente", consideró.
Y opinó: "Aunque no haya normas específicas hay que aplicar las que hay de fondo. Para que algo sea delito penalmente hablando tiene que estar específicamente descrito en la norma".
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