El Congreso hondureño sigue con el debate de la ley contra el lavado de dinero. En la discusión celebrada este jueves, los legisladores expusieron sus puntos de vista respecto a otro ítem conflictivo de la normativa: se obligará a los viajeros a que declaren dinero en efectivo y electrónico.
Con este tema, que provocó un encendido debate, ya se llegó al número de 38 artículos aprobados de los 93 que contiene la ley.
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En declaraciones recogidas por El Heraldo, el presidente de la Comisión Dictaminadora, Tomás Zambrano, explicó que es una obligación para todos los viajeros declarar la procedencia del dinero que transportan, ya sea en efectivo o electrónicamente.
Zambrano agregó que esto se hace con el propósito de demostrar que el origen de ese dinero es lícito. Se establece una cantidad igual o inferior a u$s10.000 y cuando excede esta cantidad, la persona deberá presentar la documentación soporte que determina la legal procedencia de ese dinero.
"Esto se hace con el propósito de demostrar que el origen de ese dinero es lícito"
La Ley especifica en su artículo 34 que "todo viajero nacional o extranjero que entre o salga del país a través de las aduanas aéreas, marítimas y terrestres, está obligado a presentar en formulario que, para tal efecto proporcionará la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), una declaración en la que notifica si transporta o no dinero en efectivo o electrónico, valores o instrumentos negociables o cualquier otro título valor de convertibilidad inmediata, igual o superior a u$u10.000 de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera".
Si una persona no declara el dinero que transporta, es remitida al Ministerio Público de Honduras para su investigación y será este operador de justicia el que procederá por el delito de lavado, explicó Zambrano al mismo periódico.
Si una persona no declara el dinero que transporta, es remitida al Ministerio Público para su investigación
Abortan la reforma que viola el secreto profesional
El Congreso de Honduras dará marcha atrás en la pretensión de violar el secreto profesional para abogados y periodistas, que está contemplado en el proyecto de la nueva Ley contra el Lavado de Activos.
De acuerdo con lo que informa El Heraldo, el secretario del Legislativo, Mario Pérez, reconoció el error que contiene el dictamen de esa iniciativa y afirmó que se hará la corrección respectiva. "A un profesional no se lo puede obligar a revelar lo que en secreto, en la relación cliente-profesional, se le ha revelado. Eso no se puede hacer y es inconstitucional", comentó Pérez.
También expresó que la relación cliente-abogado, cliente-médico, feligrés-pastor o sacerdote, "no se puede violentar". Eso se corrige eliminando esa parte del artículo. "En el caso de los ministros de cultos religiosos, no se puede llamar al padre a que vaya a declarar lo que usted le reveló en confesión y lo correcto es eliminar esa parte".
El Heraldo había publicado hace unos días que la nueva Ley de Lavado de Activos contiene disposiciones inconstitucionales. Es por ese motivo que los legisladores prestaron especial atención y emprendieron el camino de la discusión para modificar esos puntos que contradicen a la Carta Magna.