Un análisis de los economistas del Instituto Argentino de Análisis Fiscal observa que "esa situación se origina en dos situaciones, una normal y la otra que deriva de las distorsiones acumuladas fundamentalmente por la falta de actualización de los tramos de escala del impuesto que se encuentran congeladas desde 2000".
El trabajo de Nadín Argañaraz y Andrés Mir destaca que el fenómeno de semejante cargo de la carga tributaria hasta alcanzar una proporción superior a la alícuota máxima de 35% que tributan las escalas máxima de ingreso y que pagan las empresas, sea que ganen 10.000 pesos o 10.000 millones, se origina en dos defectos que arrastra la legislación tributaria:
La carga supera la proporción de la alícuota máxima de Ganancias
a) "Por una parte la mecánica de cálculo de las retenciones del Impuesto a las Ganancias de los empleados en relación de dependencia implica que los mínimos y deducciones anuales computables se periodifiquen proporcionalmente en forma mensual, sin contemplar incremento alguno en los meses en que se perciben remuneraciones extraordinarias como es el caso del Sueldo Anual Complementario, también de horas extras, premios, etc"; y
b) "La falta de actualización de los tramos de escala provoca que se magnifique significativamente este efecto ya que los tramos de escala son tan exiguos que la percepción del SAC provoca en la mayoría de los casos un salto en los tramos de escala en la cual se encuentra el trabajador y en consecuencia un incremento en la tasa efectiva del impuesto que debe tributar".
"La combinación de los dos factores mencionados provocará que la retención mensual del Impuesto a las Ganancias que afrontarán los trabajadores sufra un incremento muy superior al 50% que significa la cuota del SAC, y en consecuencia absorba un porcentaje significativo del monto de bolsillo a percibir en concepto de sueldo anual complementario junto con la remuneración del mes de junio".
Los porcentajes serán todavía más significativos si el trabajador ha percibido un incremento nominal de ingresos durante el 2014, como supone una negociación paritaria que haya contemplado un incremento del 30 por ciento.
Semejante distorsión en el Impuesto a las Ganancias no responde a criterios de equidad tributaria, sino a las necesidades de caja del gobierno nacional.