La penalización de los clientes, ¿una solución a la prostitución?

En Suecia, la ley castiga desde 1999 a quienes pagan por sexo, y la iniciativa resultó un éxito. La mujer es tratada como una víctima de violencia de género y el cliente es quien debe ser penalizado. ¿Se podría replicar este modelo en la Argentina?

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Desde 1999 se aplica en Suecia una exitosa ley contra el proxenetismo y que contribuye a la protección de las mujeres que ejercen la prostitución ya sea obligadas o por carencias económicas. Gracias a la norma, no sólo se logró reducir la cantidad de prostitutas en las calles en un 80 por ciento sino que además disminuyó el tráfico sexual a niveles significativos.

La iniciativa supone un cambio de doctrina rotundo en el que, en vez de perseguir a las prostitutas que ofrecen sus servicios en la calle, se responsabiliza al cliente y se lo penaliza con una multa.

No es la prostituta quien comete el delito sino el cliente. La ley penaliza a quien busca el servicio y, a la vez, elimina el castigo para quien lo provee. La norma parte de la base de que la prostitución es una forma de violencia contra las mujeres y, por lo tanto, son víctimas que requieren ayuda del Estado.

El caso de Suecia se tomó como modelo en distintos países del mundo, como Noruega, e incluso Francia implementó estas medidas. Pero ¿por qué no se aplica la misma doctrina en Argentina?

"Es cierto que la prostitución es una forma de violencia de género. En un futuro no muy lejano, se va a tener que incorporar una medida similar a la que proponen los suecos", señaló Mario Ganora, abogado penalista y vicepresidente de la Fundación Alameda, organización que lucha contra la trata de personas.

El letrado indicó que, si se presta atención a la legislación actual, esto está contemplado en el artículo 125 bis del Código Penal, el cual indica que "el que promoviere o facilitare la prostitución de una persona será penado con prisión de cuatro a seis años de prisión, aunque mediare el consentimiento de la víctima".

"Lo que existe es un tipo penal muy grave, de 4 a 6 años de cárcel. Como juez uno no puede poner en prisión por cuatro años a alguien por acostarse con una mujer. Es una desproporción la pena, es muy elevada y por eso no se aplica", aclaró.

Para Ganora, en Argentina se debería implementar "una pena menor para poder castigar a quien paga por sexo de manera más viable". "Esto es una experiencia muy novedosa para Argentina; tuvo éxito en países nórdicos, pero no sé si acá podría funcionar porque no tenemos lo mecanismos jurídicos aceitados".

Según publicó el diario El País, la prostitución callejera prácticamente desapareció en Suecia. Entre 1999 y 2010 arrestaron a unas 4.000 personas por intentar pagar por sexo y, a modo de castigo, tuvieron que pagar multas que rondaban los 300 euros. En caso de abonar, debían ir a prisión pero lo evitaban haciendo efectivo el pago.

Tras implementar la ley, los dos primeros años de vigencia no modificaron la situación debido a la falta de compromiso de las fuerzas de seguridad. El gobierno sueco invirtió en capacitaciones y en transmitir el significado del mensaje de aquella ley para que tanto los fiscales como la policía hicieran cumplir la norma.

"Más que trabajar en una reforma penal para castigar al cliente, en Argentina trabajaría en generar los mecanismos para que se efectivice esta aplicación. Trabajaría en organizar la Justicia criminal. Hay un aparato de administración de la Justicia insuficiente. Y si se aplica este modelo sería un fracaso muy peligroso, porque se vería derrotado el Estado de derecho al no poder aplicarse. En Suecia hay un aparato de administración de justicia más eficaz que el nuestro, el nuestro es muy precario", sentenció.

Un proyecto similar camino a ser ley

En 2013, el senador kirchnerista Aníbal Fernández presentó en la Cámara alta un proyecto para penar a los consumidores de prostitución sólo en casos en que haya trata de personas. La iniciativa fue aprobada y pasó a la siguiente instancia, al debate en la Cámara de Diputados.

El proyecto de ley establece penas de uno a cuatro años de prisión para "quien utilice o procure servicios sexuales de una persona sabiendo o debiendo saber que es una víctima de trata de personas".

Sin embargo, la propuesta no contempla el ejercicio de prostitución en todos los casos. "El modelo sueco tiene un modelo prohibicionista. Acá en Argentina se llevaron adelante muchísimas políticas antitrata pero que indirectamente terminan criminalizando el comercio sexual, y eso lleva a una precarización del trabajo", señaló Georgina Orellano, dirigente de la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina.

Y añadió: "Darle entidad a aquel que consuma o demanda el servicio de una mujer que está en situación de trata es darle una entidad a alguien que es un delincuente, no a un cliente. Esta terminología pone en confusión a la trata, que es diferente del trabajo sexual".

Orellano consideró que, aun contemplando la prostitución, la ley que se implementó en Suecia "empuja a peores condiciones de trabajo". "Por más que existan políticas rescatistas, la trabajadora sexual eligió serlo dentro de otros trabajos, eligió hacer el trabajo sexual ante otros trabajos. No va a dejar de ejercer ese trabajo sino que lo va a hacer de una forma más clandestina", aseveró.

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