De aprobarse esta propuesta, en el nuevo a href="URL_AGRUPADOR_162/codigo-penal-a4042" rel="noopener noreferrer" Código Penal/a se eliminarán dos figuras que, en opinión de los redactores, se usan para estigmatizar y perseguir a los más débiles: la reincidencia y la peligrosidad. La definición es sorprendente, si se considera además que esta doctrina se viene aplicando hace tiempo y explica que -por citar un caso- delincuentes como Juan Ernesto Cabeza hayan podido cometer un nuevo asesinato –el de Tatiana Kolodziey, en Resistencia, en octubre de 2012- porque un juez les concedió el beneficio de la libertad condicional pese a que ya habían cometido otros delitos de ese tipo. Es difícil ver una estigmatización en este caso; sí, en cambio, una de las causas de los altos niveles de inseguridad que se viven hoy en Argentina.
Y éste es sólo uno de los muchísimos casos de crímenes aberrantes cometidos por delincuentes que, por su condición de reincidentes, deberían haber estado bajo regímenes de prisión efectiva y no gozando de distintas formas de libertad morigerada.
"Hay que dejar en claro que la reincidencia no es ninguna forma de estigmatización –dijo el abogado penalista Eduardo Gerome a Infobae- ya que no se registra a un individuo por una calidad personal sino por su conducta antisocial; dos cosas absolutamente distintas. Estamos ante una garantía que necesita la gente de la calle ya que ella debe ser merecedora de la atención prioritaria del legislador. Lamentablemente, este aspecto de la reforma va en contra de lo que siente y quiere la sociedad, en contra del justo sistema de premios y castigos que debe presidir la vida en relación".
En mayo de 2012, por decreto presidencial, se encomendó a un grupo de especialistas la elaboración de un nuevo Código Penal. La comisión quedó presidida por Raúl Zaffaroni e integrada por León Arslanian, Ricardo Gil Lavedra, María Elena Barbagelata y Federico Pinedo. Además del sesgo mayoritariamente garantista de las personas convocadas, un objetivo loable, como el de devolver coherencia y unidad a un Código que fue perdiendo esos atributos al ritmo de diferentes reformas, se convierte en excusa para introducir cambios que modifican la concepción misma del derecho sobre el cual se asienta la ley penal hasta ahora.
El proyecto será presentado a Cristina Kirchner en febrero del año que viene para ser luego enviado al Congreso. Aunque el texto del anteproyecto no será dado a conocer hasta que esté en manos de la Presidente, los principales cambios que traerá se filtraron a un matutino el sábado pasado. Y, más interesante aún, también se conocieron algunos de los argumentos usados para fundamentar estas reformas.
Por ejemplo, se dice que el registro de reincidencia es usado para evitar la libertad condicional, como si no existieran casos en los que ésta puede legítimamente ser negada. ¿Acaso no han abundado en los últimos años los crímenes cometidos por delincuentes con antecedentes?
"La eliminación de la reincidencia –aplica Gerome- significa que cuando una persona es juzgada por un delito, los jueces no pueden tomar en cuenta si ya tuvo condenas anteriores por el mismo delito u otros y, en consecuencia, agravar su pena o determinar que ésta no pueda quedar en suspenso. Por ejemplo, si se está juzgando a un individuo por robo, el juez tiene que dar el mismo trato y la misma pena a quien delinque por primera vez que a quien pueda tener 4 o 5 condenas anteriores".
Es evidente que el principio de igualdad ante la ley queda de este modo desvirtuado. Para Gerome, "esto es una afrenta a la sociedad, a la enorme cantidad de gente que tiene un comportamiento social correcto, pero ve que su conducta no tiene valor alguno para la ley y también para quienes han incurrido alguna vez y por excepción en un hecho delictuoso y recibirán el mismo trato que un profesional del delito".
En fin, hay una sorprendente benevolencia con la reincidencia –que con demasiada frecuencia ha tenido consecuencias letales para la sociedad- en un proyecto que sin embargo prevé castigar los delitos ambientales e informáticos y hasta la tortura "por omisión".
Más llamativo aún es que, entre las nuevas valoraciones de las penas y las conductas que prevé al anteproyecto, siempre según lo que se hizo trascender a la prensa, "no será lo mismo el robo de 100 pesos, por caso, a alguien que gana 500, que a alguien que gana 10 mil". Por si quedan dudas, otro ejemplo lo aclara: no es lo mismo "robar una horma de queso de un supermercado que de un almacén".
De ahí a la incitación a robar "a los ricos" y a saquear supermercados, hay un solo paso.
Además de controvertido, este punto de la reforma es autóctono. No existe en países serios. "Esta diversidad entre el robo a una persona de pocos ingresos con respecto a una de mejor condición económica, que no existe en otras legislaciones serias, no puede sostenerse, ya que implicaría alentar la sustracción a los ricos puesto que así la pena será menor. El Estado no puede hacer esta clase de distinciones porque, independientemente del efecto que pueda causarle al damnificado, el hecho que lleva a cabo el autor es el mismo", explica Gerome.
Y para subrayar la insensatez, agrega: "Siguiendo este criterio, podría pensarse en aplicarle menor pena al que mata un hijo de un matrimonio que ya tiene otros tres que al que mata a un hijo único. Se trata de una posición absurda que no puede encontrar recepción legislativa".
Finalmente, advierte Gerome, "hay que tener mucho cuidado con la legislación del principio de insignificancia ya que, por un lado, su determinación va a quedar a consideración de los jueces, con las diferencias cuantitativas que van a encontrarse entre ellos, y, por el otro, esto puede incidir en el aumento de estos delitos al sabérselos impunes".
Desde ya que este aspecto de la reforma va en contra del principio de tolerancia cero, que ha servido a otros países para alcanzar mejores niveles de seguridad. Piénsese que las sociedades con los índices más bajos de criminalidad son también aquellas en los cuales se castiga hasta la menor transgresión –por caso, el peatón que cruza con semáforo en rojo aun cuando no venga un auto.
Para ejemplificar el concepto de irrelevancia se dice que es una obviedad que no es lo mismo el robo de un auto que el de una golosina y se recuerdan casos de causas abiertas contra personas que robaron comida en un supermercado. Pero el código actual ya prevé el llamado "estado de necesidad", como atenuante de un delito. En algunos países se habla de "hurto famélico".
Pero los cambios que este anteproyecto pretende introducir parecieran apuntar a consolidar el clima de anomia social y de impunidad para el delito que se vive en el país.