"Tengo la certeza de que fue Carrera", dijo una de las juezas que lo condenó

En diálogo con Infobae, Ana María Figueroa defendió la decisión del tribunal que sentenció a 15 años de prisión al acusado de la "Masacre de Pompeya". Y cargó contra la película. "Traigamos como jueces al INCAA", ironizó

Adrián Escandar 162

La sala III de la Cámara Federal de Casación Penal dispuso el lunes una pena de 15 años de prisión a Fernando Carrera por la llamada "Masacre de Pompeya", el caso ocurrido en 2005 en el que se lo acusa de robar y matar a tres personas a las que atropelló al supuestamente querer escapar de la policía. La decisión aún hoy genera debate.

Infobae dialogó con la jueza Ana María Figueroa, quien junto con Mariano Borinsky impusieron la pena de 15 años a Carrera, ya que en su voto en minoría la jueza Liliana Catucci proponía una pena de 20.

-¿La defensa asegura que el procedimiento policial fue todo fraguado y la Justicia convalidó eso?

Con respecto a la actuación de la policía hay dos temas, uno tiene que ver con que Carrera tenía en su poder un arma en el último tramo cuando se produce la balacera y llega el auto; y de eso hay testigos civiles en el lugar del hecho que aseguran que la policía le saca el arma de la mano derecha a Carrera, y que él incluso la tenía fuerte como para no soltarla. Esa arma hay fotos en donde está ensangrentada y el único herido fue él.

De esa misma arma, había disparado cuatro casquillos de bala y tenía además siete balas más y era apta para el disparo. Por esa razón es que se lo condena a la portación ilegítima del arma de guerra porque además tampoco estaba Carrera registrado como legítimo portador.

-¿No estaba inconsciente Carrera cuando manejaba por los disparos que recibió en la persecución?

Cuando él está parado en el semáforo, Carrera escucha la sirena y es difícil que te vayan a robar en plena luz del día. Como él sabe que cometió una salidera bancaria, decidió tomar en contramano durante tres cuadras hasta que choca a cinco personas, a las cuales tres mata y hubo cuatro lesionados. Todo termina cuando embiste a otros vehículos y como le quedó el auto destrozado no pudo seguir huyendo.

El disparo es en el labio inferior y no pudo generar en nadie un estado inconsciente, así lo dicen los peritos médicos. Que me expliquen cómo una persona en estado de inconsciencia, pudo poner el cambio en primera, segunda, hacer 500 metros, y esquivar autos en contra mano. El manubrio del auto está doblado, no tenía cinturón de seguridad, y eso demuestra que cuando Carrera supo que iba a chocar se agarró del volante para no sufrir daños.

Por eso coincidimos el juez Borinsky y yo que él no quiso matar, por eso cambiamos la calificación de homicidio doloso a culposo.

-¿No son endebles las pruebas sobre la culpabilidad de Carrera en el robo previo?

Tampoco tengo dudas que Carrera participó en una salidera bancaria. Él va a robar porque la víctima sale de un banco y la primera parada la hace en el domicilio de su sobrino. Cuando llega, Carrera y su cómplice lo roban. Luego, se da una persecución de las víctimas al auto de Carrera, "no lo pierden de vista en la persecución".

(NdR: En ese sentido, la jueza aseguró a Infobae que fue de poco más de un minuto el tiempo entre que las supuestas víctimas del robo perdieron de vista el auto de Carrera y aquel en donde éste es visto conduciendo el Peugeot 205 blanco por el retén policial del cual huye).

Hay dos reconocimientos de la víctima del robo. Uno primero a los seis días del hecho por fotografías y ahí se lo reconoce a Carrera como el autor. Luego se hace un reconocimiento en persona el 31 de marzo de 2006 y allí, cuando había pasado un año y dos meses desde el hecho, la víctima dice que no reconoce a persona alguna. Eso no es incompatible con el que sí lo había reconocido pero hace en su momento una descripción que se asemeja a la de Carrera.

-El argumento de la defensa es que es un fallo corporativo para defender una mala actuación del Poder Judicial

Me provoca mucha molestia porque soy una jueza que me han designado y estoy en esta función por concurso hace menos de dos años. Durante 38 años ejercí la profesión, y siempre coherentemente he estado en la lucha por el mejoramiento de la Justicia y quien es responsable debe ser sancionado. No puedo resolver el caso por una película, porque si cree la sociedad que lo tengo que hacer entonces traigamos como jueces al INCAA, y a la Asociación Argentina de Actores. Yo debo resolver exclusivamente de acuerdo a la legalidad.

Se me ha criticado que absuelvo cuando no debo hacerlo, y yo lo hago cuando corresponde. Pero también cuando corresponde aplicar una pena a autor de robo violento y tiene como respuesta tres muertes, dos lesiones graves, y portación ilegítima de arma yo no puedo absolver. No corresponde decirme a mí corporativa o antidemocrática. La defensa dice que resolví por libre convicción, y no, yo resolví por las pruebas y con la aplicación de la ley.

-¿Cómo impactó el documental del cineasta Enrique Piñeyro "The Rati Horror Show" en la causa?

Es una película ficcional, no puedo tomar como documental lo que no lo es. Documental son las que están en la causa, y que los propios abogados defensores han consentido. Cómo voy a tomar como prueba una película, yo vi esa película antes de ser jueza de Casación y a simple vista dije "uuuuhhhh, a esta persona le han armado una causa". Nunca imaginé que me iba a tocar fallar como jueza de Casación.

-¿El fallo de Casación contradice lo que el año pasado dijo la Corte?

La Corte nunca se expidió sobre el fondo del asunto, nunca dijo que era inocente, y no absolvió. Sino que envió de vuelta la causa a Casación para que se revisara los argumentos que la Corte consideró que no se habían contestado en el recurso de Casación anterior. Nosotros por una recalificación y una absolución la pena pasó de 30 a 15 años.

-¿En la causa se investigan a los policías que intervinieron?

No fue objeto de este recurso la investigación del accionar policial; respecto a la violencia institucional, como no es objeto de este remedio procesal no lo analizamos. Yo tengo la certeza de que fue Carrera, sino obviamente lo absuelvo.

La opinión pública se maneja mucho por lo que se le exhibe en los medios, es más fácil ver una película que estudiar la causa. El tema de la seguridad o inseguridad que le ocasiona el accionar desmedido que pueda tener alguna fuerza puede que hayan creído que éste era un caso, pero no es gatillo fácil, hay muchos elementos.

-¿Cómo recibió las críticas hacia el fallo que firmó?

Me da tristeza que por el accionar de quienes tienen intereses, como pueden ser defensores o quienes montaron una película para creer que esto es así, incidan en la ciudadanía. Las partes hacen su juego, y el que no debe hacerlo es el periodista, que al opinar por lo menos debe leer las 209 fojas que tiene el fallo.

No tengo ningún interés ni complicidad de salvarle responsabilidades a los seis jueces y once policías, porque todos tuvimos la certeza que Carrera robó calificadamente con arma, que huyó, y en la huida mató a tres personas y que tenía él un arma de guerra.