Lo que hay que saber de la reforma del Código Civil

La ex jueza de la Suprema Corte mendocina y especialista en bioética, Aída Kemelmajer de Carlucci, explicó en Radio 10 los puntos más importantes del anteproyecto. "Será más fácil divorciarse y adoptar; es un cambio cultural importante", enfatizó

162
NA 162

El anteproyecto de reforma del Código Civil presentado por la presidente Cristina Kirchner tiene como puntos destacados la simplificación de los trámites de adopción y de divorcio y la incorporación de los contratos prenupciales para dividir las ganancias, entre las principales modificaciones.

La iniciativa fue redactada por una comisión compuesta por un grupo de notables entre los que se encuentran el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, la vicepresidente del Máximo Tribunal, Elena Higthon de Nolasco, y la ex jueza de la Suprema Corte mendocina, Aída Kemelmajer de Carlucci, especialista en bioética.

"El Código Civil, fundamentalmente, se tiene que ocupar de la persona, de sus libertades y de sus relaciones de familia, pero también respetando esa libertad y esa pluralidad que tiene la sociedad", afirmó Aída Kemelmajer de Carlucci en Radio 10.

Buscando clarificar el objetivo de la reforma, la doctora Carlucci habló de la dinámica de la sociedad en este último tiempo. "Nuestro Código Civil ha tenido reformas muy significativas desde el año 1871 hasta la fecha, pero aún así mantiene cosas de esa época y no de hoy", subrayó.

Sobre los contratos prenupciales, la ex jueza explicó: "Si se constituye una familia, me case o no me case, hay un piso, un mínimo que se debe respetar; tengo el deber de asistencia al otro que vive conmigo".

"Si uno decide casarse, puede decir: quiero vivir con el régimen de bienes gananciales, que es el que tenemos hoy, es decir que a partir del matrimonio todo lo que ganamos es común, y cuando se disuelve el matrimonio, se divide 50 y 50".

El proyecto estipula que uno puede elegir en el momento de casarse o después, vivir en un régimen de separación de bienes. Es decir que una pareja podrá firmar antes de casarse o después un contrato prenupcial, que permitirá establecer una división de bienes determinada en caso de divorcio.

Pero aclaró que "si una de las personas ganó y la otra no, puede ocurrir una suerte de enriquecimiento sin causa". Es ahí donde se puede solicitar lo que se conoce como "compensaciones económicas" y será el juez a cargo del divorcio el que decida la división de bienes.

Sobre el punto que busca simplificar los trámites de divorcio, Kemelmajer de Carlucci señaló que bastará la voluntad de uno solo de los cónyuges, sin necesidad de que exista mutuo acuerdo para concretar la separación.

Sin embargo, la especialista aseguró que "hay que reflexionar mucho antes de ir al juez y hacer una propuesta seria", para solucionar las consecuencias que acarrea la separación.

El nuevo código contemplará también las uniones de convivencia entre dos personas con el fin de proteger el bienestar de uno de los integrantes de la pareja ante la eventual ruptura del vínculo, mediante las uniones convivenciales.

"Para nosotros no es inmoral no querer casarse, es una opción de vida; regular esto fue muy difícil porque las uniones convivenciales pueden obedecer a muchas causas. Algunos optan libremente pero hay sectores vulnerables donde la mujer sigue estando sojuzgada y no se casan por esa situación de inferioridad", añadió Kemelmajer de Carlucci.

Asimismo, explicó que existe un mínimo de protección en el caso de que se disuelva esa unión, y dio un ejemplo: "Si están viviendo en la casa de uno de ellos y eso se disuelve y el otro queda vulnerable, le damos dos años con derecho a quedarse en la casa".

Otro de los puntos, quizás el que más polémica genere, es el de fertilización asistida. Allí, se establece la posibilidad de que una mujer acuda a un procedimiento, así como el alquiler de vientre para aquellas mujeres que no puedan concebir.

Respecto a este último punto, explicó que se incorporará un tercer tipo de filiación que es la reproducción humana asistida heteróloga, es decir, con material genético de un tercero.

"Al donante no le interesa ser padre, solamente es donante; entonces ese embrión que se formó con el material genético del tercero, después cuando nace el niño, el marido de la mujer que tuvo el hijo no tiene acción para decir 'ese no es mi hijo'. Genéticamente no es su hijo, pero sí por voluntad procreacional y se tiene que hacer cargo", manifestó.

Para finalizar, trató el tema de adopción, punto en el cual el proyecto busca simplificar los trámites aunque mantendrá una serie de "controles". "Habrá seis meses de apoyo a la familia de origen del niño, con otros 180 días de prórroga. Si no dio resultado todo lo que hicimos por ellos y el niño sigue en estado abandónico, allí el juez le quita a la familia la responsabilidad parental y el chico queda en situación de adoptabilidad y se recurre a la lista del registro de adoptantes".