El fallo al que tuvo acceso Infobae.com fue dictado por la Sala VI de la Cámara al médico Jorge Alberto Schwarzman y, además, se le impuso un embargo sobre sus bienes de 150.000 pesos.
El hecho ocurrió en julio de 2007 cuando José Alberto Fernández fue a un consultorio en la calle Quintana en el barrio de Recoleta para someterse a una intervención por pólipos nasales, pero a los 40 minutos de iniciado el procedimiento sufrió un ACV.
Para la fiscalía había quedado acreditada la negligencia del cirujano "porque no aspiró con la jeringa antes de inyectar la anestesia local" y porque, además, "no detuvo la operación y no trasladó a tiempo al paciente a un centro de mayor complejidad".
La causa determinante del ACV, según surge del expediente, "fue la inyección inadvertida del vasoconstrictor en el vaso sanguíneo, que trajo aparejado un pico hipertensivo que provocó el daño neurológico".
Una de las pruebas fundamentales del caso fue el informe neurológico elaborado por el Cuerpo Médico Forense, que estableció que durante el curso de la operación de pólipos nasales, "Fernández desarrolló un ACV que le produjo una hemiplejia faciobranquio crural derecha".
Luego hubo otro peritaje que estableció que el consultorio contaba con los medios necesarios para tratar un ACV.
También fue imputado en su momento el monitorista cardíaco Leonardo Napoleone, quien fue sobreseído porque su actuación no fue determinante del cuadro y, por el contrario, se estableció que "su pronta respuesta" evitó consecuencias más gravosas.