Para la Justicia porteña no es delito vender autopartes usadas sin habilitación

La Cámara del Crimen de la Ciudad declaró la inconstitucionalidad de la norma que fija penas de prisión y multas para quienes venden esas autopartes sin estar inscriptos en el Registro Único de Desarmaderos y actividades conexas

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Así lo hizo la Cámara al confirmar los sobreseimientos de tres comerciantes de la Avenida Warnes, quienes habían sido denunciados por infracción al artículo 13 de la Ley 25.761 de Desarmado de Automotores y Venta de sus Autopartes.

Esa norma establece penas de hasta 200.000 pesos de multa y prisión de tres meses para "el que procediere al desarmado de un automotor con el objeto de utilizar sus autopartes" o "comercialización, transporte o almacenamiento de repuestos usados" sin autorización.

Por vender autopartes sin autorización, los comerciantes Américo y Paulino Castagnaro y Lucía Teresa Loza fueron denunciados, aunque resultaron sobreseídos en primera instancia.

Esa medida fue apelada por el fiscal nacional en lo Correccional Alfredo Dellagiustina, y ahora la Sala V del Tribunal hizo lugar al pedido del abogado defensor Jorge Irineo y confirmó los sobreseimientos.

En su recurso, el fiscal consideró que era "irrelevante" determinar si las piezas secuestradas tenían origen ilícito; la defensa entendió que ello era lo vital de la causa para, en caso negativo, desvincular a los imputados.

Pero el Tribunal sostuvo que la Ley 25.761 "vino a regular las actividades vinculadas con el desarmado de automotores y venta de sus autopartes, tanto como para quienes lo realicen en forma ocasional como para quienes hagan de ello una actividad comercial habitual".

En su fallo, los camaristas Mirta López González y María Garrigós de Rébori entendieron que la figura penal prevista en el artículo 13 de la ley es contraria al principio de inocencia garantizado en la Constitución Nacional.

Al analizar el hecho, los jueces entendieron que la posibilidad de que exista una vinculación con una actividad ilegal debe generar que el Estado tome los medios necesarios "para impedir un funcionamiento de este tipo de lugares y comercios sin la debida autorización", aunque "ello no habilita a tipificar las conductas que no cumplen con esa regulación".

Es por ello que la venta de autopartes usadas sin estar registrada "mal puede  -según el fallo- ser considerada un paso previo o necesario del robo de automotores; y la conexión que puede existir entre un supuesto y otro, si bien puede existir, no permite dar por acreditada la peligrosidad de la actividad en sí misma".

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