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El magistrado sostuvo que el desalojo de los manifestantes significaría "
", en el fallo al que tuvo acceso
. También aclaró que no se ha impedido la circulación peatonal, ni automotor en la zona.
En la resolución, el magistrado hizo lugar a una medida cautelar pedida en el marco de una acción iniciada por el legislador kirchnerista Diego Kravetz.
"Lo concreto es que en los últimos tres meses la sociedad argentina ha sido protagonista de un conflicto de proporciones considerables y lo concreto también es que en la última semana dicho conflicto ha reducido significativamente su intensidad luego de la decisión Presidencial de elevación parlamentaria", dice el fallo.
"En ese contexto, es dable esperar que los sectores antagónicos expresen libremente sus ideas. También es deseable que lo hagan generando el menor impacto posible en la cotidianeidad del resto de los ciudadanos",
Para dictar la medida, el juez tuvo presente "a la luz de lo acontecido en el pasado inmediato (corte generalizado de rutas y desabastecimiento), el nivel expresivo de la actual manifestación política, en la que prima facie no aparece comprometida la circulación vehicular ni la seguridad pública, no sería objeto de reproche".
"No significa esto que el Gobierno local carezca de poder de policía, ni tampoco que los manifestantes, resulten de la extracción política que fuere, no deban cumplir con la normativa vigente. Lo que si colijo es que ese poder de policía debe ser ejercido, en forma racional y prudente, atendiendo a la particulares circunstancias de cada caso", agrega uno de los párrafos del fallo.
"En el actual marco socio político, llevar a cabo el desalojo de los manifestantes no haría sino exacerbar los ánimos que con tino se intenta calmar desde el poder público Federal".
"Además, es de rutina en la gestión judicial y también en la administrativa, la verificación de ciertos pasos progresivos antes de la toma de decisión del desalojo compulsivo (inspección, intimación, corrección, etc). La mesura en pro de la paz debe primar en la decisión de quienes tienen el alto mandato de hacer cumplir la constitución.", continuó el juez.
Luego el magistrado sostuvo que "la decisión judicial, debe, teniendo en cuenta el marco socio político imperante, lograr un equilibrio entre la seguridad pública y el derecho de expresión de los manifestantes, todo ello en aras de contribuir a la pacífica y democrática resolución de los diferendos suscitados.
Al tomar la decisión, el juez consideró "el criterio sustentado por el actual Jefe de Gobierno en ocasión del mega evento realizado por la iglesia evangélica en fechas 14 y 15 de marzo de 2008 (Buena Música y Buenas Noticias ? Pastor Luis Palau) y que mereciera la autorización oficial en un expediente de rápida resolución (Dec. 185/08).
En dicha resolución el actual mandatario local, dispuso que la entidad organizadora ..."será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daño o accidentes que pudieran surgir como consecuencia de la totalidad de las tareas y/o actividades que antes, durante o una vez finalizado el evento sean ejecutadas con el objetivo de llevar adelante la celebración del mismo, debiendo en cada caso contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto por la normativa vigente..." y además determinó que "...será responsable de la seguridad, conservación y limpieza del espacio público durante el tiempo en que se extienda la actividad a realizarse. Al término de la misma deberá tomar los recaudos pertinentes a efectos de que el lugar utilizado quede en perfecto estado de conservación y limpieza..."
En ese sentido, el juez Gallardo dijo que en ese caso el Gobierno de la Ciudad, autorizó el emplazamiento de un gigantesco escenario sobre la Plaza de la República y permitió la interrupción de la circulación vehicular total y parcialmente según los horarios y las jornadas, desde el día 6 de marzo y hasta varios días después de finalizado el evento, con las consiguientes afectaciones de derechos de los ciudadanos porteños.
"De eso se trata pues cuando se gestiona el espacio público, de lograr un adecuado equilibrio entre los derechos en pugna. Manteniendo, obviamente un trato igualitario", sostuvo el juez.
"En el caso que nos ocupa, no se verifican ninguna de las situaciones apuntadas: No existe hasta el momento interrupción en la circulación automotor ni se ha impedido la circulación peatonal, conforme surgiría de las constancias anejadas. Es decir que, con un criterio de razonabilidad, podría colegirse que las mismas premisas permisivas y las delegaciones de responsabilidad efectivizadas en el caso traído a ejemplo, podrían válidamente trasladarse al sub lite, máxime cuando las afectaciones que esta expresión pública genera, parecen a primera vista de mucho menor impacto que la referida supra", concluyó.
Por último, el juez dijo que "si bien la normativa de la resolución 361(SSMA-04) establece ciertos plazos de anticipación para la presentación de las autorizaciones, no es menos cierto que la dinámica política y la necesidad de la expresión pública hacen muchas veces inaplicable a rajatabla dicha norma".
"Sin ir mas lejos, y dentro del mismo marco político de autos, en los últimos días se han producido, como es de dominio público, varios cortes de arterias en la Ciudad de Buenos Aires, originadas en sectores conocidos como "caceroleros", impidiendo el tránsito ciudadano y la libre circulación peatonal y vehicular, y no se tiene noticia que el Gobierno de la Ciudad haya denunciado policialmente dicha circunstancia y pretendido el desalojo forzado de los manifestantes".