El fiscal electoral Jorge Di Lello emitió un dictamen en el que opinó que no existe ningún impedimento para que el ex presidente Carlos Menem sea precandidato en las PASO del próximo domingo. Lo hizo al contestar la vista que le corrieron luego del recurso de apelación interpuesto por los apoderados de la alianza Izquierda al Frente por el Socialismo de La Rioja contra el fallo del juez electoral Daniel Herrera Piedrabuena. Di Lello consideró que la impugnación fue presentada fuera de tiempo, excediendo los plazos legales previstos en la Ley 26.571 y en el Código Nacional Electoral. En el mismo sentido ya se había pronunciado el magistrado riojano Herrera Piedrabuena.
El representante del Ministerio Público destacó que el pasado 26 de junio se oficializaron las listas de precandidatos cerrándose de esa manera la posilibidad de impugnarlas. En ese sentido señaló: "La impugnación formulada se realizó un mes después de dicha oficialización, acarreando dicha situación, una serie de eventos que a esta altura del cronograma electoral no pueden ser subsanados por el accionar jurisdiccional".
La alianza Izquierda al Frente por el Socialismo de La Rioja –que interpuso el recurso– manifestó en su presentación que Menem no reúne la condición de idoneidad suficiente para el cargo público que pretende, por lo que pidió el veto de la precandidatura a senador nacional del ex presidente. A ese planteo, el fiscal Di Lello sostuvo que "claramente la competencia para examinar la idoneidad moral de un candidato a senador nacional no corresponde a un tribunal electoral sino que en virtud del art. 64 de la Constitución Nacional es facultad de la Cámara de Senadores de la Nación".
Según la presentación de la alianza de izquierda riojana, la idoneidad de Menem entra en crisis por la condena de la Cámara Federal de Casación Penal dictada el 21 de junio de este año, que rechazó un planteo de la defensa del senador de La Rioja, confirmando de esta manera la sentencia a 7 años de prisión y 14 de inhabilitación en la "causa armas".
Frente a este cuestionamiento, Di Lello afirmó: "La restricción al derecho a ser elegido se limita al condenado por juez competente en proceso penal, entendiendo por tal a aquel sobre el cual pesa una sentencia condenatoria firme". Para el fiscal Di Lello este extremo aún no se ha verificado toda vez que la defensa del ex presidente Carlos Menem aún no ha agotado la vía recursiva. Por ese motivo, Di Lello dictaminó que "no se debe hacer lugar a lo solicitado por los impugnantes en razón de que se estaría creando un impedimento que no existe en la reglamentación interna ni en la relacionada al tema del derecho internacional".