El arquitecto que intervino en el diseño del mausoleo donde descansan los restos de Néstor Kirchner indicó la millonaria cifra que costó la obra y complicó a la ex presidenta Cristina Kirchner en la causa que la investiga por una supuesta violación de la Ley de Ética Pública.
El profesional Roberto Gómez declaró ante el juez federal Sergio Torres y aseguró que el mausoleo tuvo un valor de nada menos que 4 millones de pesos y que el monto fue pagado por el empresario Lázaro Báez, hoy detenido en el penal de Ezeiza, mediante su empresa Austral Construcciones.
Gómez detalló que la obra suponía un gasto de tres millones en el presupuesto inicial y que, durante su construcción, se elevó el monto total a un millón más.
En 2010, cuando fue creado el monumento, el arquitecto era empleado de Austral Construcciones y fue nada menos que el responsable y coordinador de la obra.
"Nuestros pedidos de materiales iban dirigidos a las oficinas de compras de Austral Construcciones", dijo Gómez durante su declaración ante el Juez.
En 2005, Austral Producciones había creado un área de Arquitectura, a la que se le emplazó, entre otros trabajos, el diseño y ejecución de tres proyectos referidos exclusivamente al mausoleo.
Además Gómez reconoció que fue personalmente junto a Báez y un ingeniero al cementerio de Río Gallegos para resolver el lugar donde sería construido el mausoleo.
El mausoleo fue construido en el cementerio de Río Gallegos y, según dijo el propio Báez, se trató de un obsequio homenaje que el empresario constructor le realizó a su viejo amigo Néstor Kirchner.
Por ende, la afirmación fue cuestionada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, quien en su época de diputada nacional presentó la denuncia contra Cristina Kirchner por la violación de la Ley de Ética Pública.
"Los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones, sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones. En el caso de que los obsequios sean de cortesía o de costumbre diplomática la autoridad de aplicación reglamentará su registro y en qué casos y cómo deberán ser incorporados al patrimonio del Estado, para ser destinados a fines de salud, acción social y educación o al patrimonio histórico-cultural si correspondiere", reza el artículo 18 de esa ley.
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