El gobierno de Mauricio Macri se opuso a que la jueza de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Elena Highton de Nolasco continúe en el máximo tribunal después de los 75 años, edad que cumple en diciembre y límite que pone la Constitución Nacional a los magistrados.
Lo hizo al contestar el amparo que Hihgton presentó para que se declare nulo el artículo de la carta magna que pone el límite de edad.
"Oportunamente, rechace la acción instaurada", sostuvo el Ministerio de Justicia de la Nación en la presentación de 11 páginas a la que accedió Infobae y en la que adelantó que llevará el caso hasta la propia Corte Suprema.
El Poder Ejecutivo sostuvo que la jueza juró 2004 en la Corte Suprema bajo el mismo artículo de la Constitución que ahora objeta y que lo hizo "sin reparos ni reservas".
El caso está a cargo del juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico, quien deberá resolver si acepta o rechaza el amparo de Highton.
La respuesta del Gobierno tiene un efecto político. La salida de Highton del máximo tribunal le significaría al macrismo una nueva vacante para cubrir en la Corte. Sería el tercer nombramiento en un tribunal de cinco integrantes. Ya fueron designados Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. Los otros dos jueces del máximo tribunal son Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.
Highton de Nolasco cumple 75 años el próximo 7 de diciembre. La reforma de 1994 a la Constitución Nacional fijó en el inciso 4 del artículo 99 que cuando un juez cumpla 75 años "será necesario para mantener en el cargo" una propuesta del Gobierno ante el Senado y la aprobación de la Cámara baja. El nuevo nombramiento será por cinco años y se podrá repetir el trámite de manera indefinida.
"No está en los planes volver a proponer a Highton", le dijo a este medio en enero pasado un alto funcionario nacional. El pedido de rechazo del amparo confirma esa postura.
La jueza presentó en diciembre pasado un amparo en el que pidió la nulidad de ese artículo. "Debido a mi cargo y función como magistrado del supremo tribunal de la Nación Argentina, gozo de estabilidad vitalicia que el art. 110 de la Constitución Nacional asegura, sin limitación alguna, a los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores", sostuvo la magistrada en ese escrito.
Highton alegó dos motivos para continuar en el máximo tribunal. Por un lado, que la propia Constitución fija en su artículo 110 que "los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta".
Y además que la Convención Constituyente que reformó la carta magna no estaba habilitada para tratar el límite de la edad para ejercer el cargo de juez porque ese tema no formó parte del "Núcleo de coincidencias básicas" que aprobó el Congreso Nacional al convocar a la Convención.
Uno de los convencionales constituyentes de esa reforma fue Rosatti, hoy juez de la Corte. También lo fue Eugenio Zaffaroni, quien en diciembre de 2014 dejó la Corte por estar próximo a cumplir 75 años y no contradecir la postura que había fijado en la Constitución.
Para avalar su postura, Highton señaló que en 1999 la propia Corte Suprema falló a favor del entonces juez Carlos Fayt –fallecido en noviembre pasado–, que tenía 81 años, en un fallo en el que sostuvo que el límite de edad era nulo porque no formó parte del temario de la Convención. La jueza pidió que se aplique ese fallo.
El amparo fue contestado ayer por el Estado Nacional a través del Ministerio de Justicia de la Nación, a cargo de Germán Garavano, y con la presentación de los abogados Martín Bataller y Marcos Giangrasso.
Uno de los argumentos del Gobierno para rechazar el amparo es que Highton cuando juró como jueza de la Corte –en junio de 2004 durante el gobierno de Néstor Kirchner– lo hizo bajo el artículo de la Constitución que ahora objeta, por lo que conocía el límite de 75 años.
"El nombramiento, precedido por el correspondiente acuerdo senatorial, fue efectuado por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de las disposiciones del artículo 99 inciso 4), del texto de la Constitución Nacional reformado en 1994, por el cual la doctora Highton de Nolasco prestó –sin reparos ni reservas- el juramento al que se hallan obligados los magistrados nacionales. Al respecto cabe recordar que, conforme lo previsto en el artículo 7° del Decreto Ley N° 1285/58 los jueces deben prestar el juramento de ajustar su desempeño a las previsiones de la Constitución Nacional", sostiene la presentación.
Por otra parte, el Ministerio señaló que Highton no hizo ningún planteo administrativo para tener un nuevo acuerdo por cinco años y destacó "la ausencia de una lesión concreta, actual o inminente, tornaría improcedente la vía procesal del amparo".
Para el Gobierno tampoco se afecta la independendencia judicial: "La garantía de inamovilidad de los Jueces de la Nación (consagrada por el art. 110 de nuestra Ley Fundamental, que fue precedido por el art. 96 del texto histórico), no se encuentra afectada por la reforma constitucional de 1994, en tanto la limitación del carácter vitalicio del cargo –una vez que los magistrados alcancen la edad de 75 años- no importaría una restricción de aquella garantía".
La presentación sostiene que esa garantía de la Constitución fue respaldada por la propia Corte en el caso "Fayt".
Además, puso como ejemplo que el límite de edad para los jueces está en las constituciones de otros países como Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, El Salvador, Guatemala, México, Nicaragua, Panamá y Paraguay.
Ahora el caso deberá ser resuelto por el juez Lavié Pico. Lo que está claro es que el caso llegará a la propia Corte. "Para el improbable supuesto de que V.S. hiciera lugar a la acción de amparo que motiva el presente informe y atento la naturaleza de la cuestión tratada, esta parte articula el Caso Federal para ocurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación", sostuvo el Gobierno.
Por su parte, Highton, representada por el abogado Jorge Isidro José Lusona, también podrá apelar en caso que el amparo sea rechazado.
La Corte ya tiene un caso similar. Se trata de un amparo colectivo que inició el juez de la Cámara Federal de La Plata Leopoldo Schiffrin y que fue aceptado por ese tribunal.
El juez Lavié Pico envió la causa a la Fiscalía para que fije su postura en el caso. Luego el magistrado quedará en condiciones de resolver.