Los 6 puntos claves del proyecto acordado de Ganancias

La CGT y el Gobierno llegaron a un punto de consenso. Ahora el texto será debatido con los gobernadores y luego llevado a las dos cámaras del Congreso

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Luego de varias semanas convulsionadas de discusión política, el Gobierno parece haber enderezado la discusión por la modificación del Impuesto a las Ganancias, cuyos alcances serán aplicados a partir del 1° de enero de 2017 siempre y cuando consiga el aval necesario del Congreso.

De acuerdo a las declaraciones de los funcionarios, Rogelio Frigerio, Mario Quintana y Jorge Triaca, y de los integrantes de la cúpula de la CGT, los principales aspectos del proyecto consensuado son:

Mínimo no imponible
El piso a partir del cual los trabajadores deben pagar por Ganancias llegará a $37 mil brutos para trabajadores casados con dos hijos. En el caso de los solteros, será $27.941.

Escalas y alícuotas
Hay un aumento que tendrá un impacto significativo, entre 167% y 300%, según declaraciones de Quintana. También se modifican las alícuotas para los trabajadores que ingresan por primera vez a Ganancias: será de 5% (hoy es de 9%).

La conferencia de prensa del Gobierno
La conferencia de prensa del Gobierno

Deducciones
Se mantiene la deducción por cónyuge y se incluye una nueva por el pago de los alquileres de vivienda familiar.

Feriados y días no laborables

El plus que reciben los trabajadores por diferencial quedará exento de Ganancias.

Horas extras
Las horas extras de días no laborables y feriados tienen un plus que quedará exento de pagar Ganancias. Las horas extras realizadas un día habitual pagarán Ganancias pero no alterarán la escala en la que está alcanzado el trabajador.

Aguinaldo
Se incluirá en el proyecto una forma de liquidar el impuesto de manera tal que el trabajador sufra la misma percepción todos los meses. Esto provocará que no haya un impacto desmedido en las dos cuotas anuales del aguinaldo.

CALCULADORA EN MANO

Según el nuevo proyecto al que accedió Infobae, las nuevas escalas del tributo a pagar por parte de los trabajadores, a partir de enero de 2017, serán las siguientes, siempre considerando los nuevos mínimos no imponibles, equivalente mensual:

Quienes superen el MNI entre $0 y $1.538: 5%, sobre el excedente de $0

de $1.538 mil a $3.077: $77 más 9% sobre excedente de $1.538

de $3.077 a $4.615: $277 más 12% sobre excedente de $3.077

de $4.615 a $6.154: $554 más 15% sobre excedente de $4.615

de $6.154 a $9.231: $923 más 19% sobre excedente de $6.154

de $9.231 a $12.308: $1.754 más 23% sobre excedente de $9.231

de $12.308 a $18.462: $2.831 más 27% sobre excedente de $12.308

de $18.462 a $24.615: $4.985 más 31% sobre excedente de $18.462

Más de $24.615: $ 7.631 más 35% sobre excedente de $24.615

 
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